Aquí te decimos cuánto cuestan y cómo solicitar los servicios funerarios del IMSS e ISSSTE.
Foto: Especial | Aquí te decimos cuánto cuestan y cómo solicitar los servicios funerarios del IMSS e ISSSTE.  

Aquí te decimos cuánto cuestan y cómo solicitar los servicios funerarios del IMSS e ISSSTE.

El Día de Muertos ha llegado y más allá de las festividades que conlleva, es un buen momento para reflexionar sobre los gastos funerarios que muchas veces llegan de improvisto.

Al momento de una pérdida de un familiar o ser querido, es indispensable hacer varios trámites y gasto, entre ellos entra los servicios funerarios que en algunas ocasiones son los últimos que se contemplan ante la situación que conlleva la muerte de alguien cercano.

Sin bien es cierto que hay diversos proveedores de servicios funerario, es importante contemplar aquellos que más se adecuen a cubrir las necesidades, además de tener un ahorro en el proceso.

Es por ello que aquí te decimos cómo y por cuánto adquirir los servicios funerarios del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

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¿De a cuánto y cómo solicitar servicios funerarios del IMSS e ISSSTE?

En primera instancia, debes de saber que los servicios están limitados, pero disponibles tanto para los derechohabientes y público en general, aunque hay una diferencia entre éstos últimos en cuanto al costo.

IMSS

Dentro de los servicios que ofrece el Instituto están:

  • Velación de capillas acondicionadas – 5 mil 256 pesos
  • Velación a domicilio – 5 mil 256 pesos
  • Traslado del cuerpo particulares – 3 mil 261 pesos
  • Paquete económico (sin ataúd) – 6 mil 307 pesos
  • Paquete social (incluye ataúd de donación) – 6 mil 307 pesos
  • Paquete básico (con ataúd) – 8 mil 999 pesos
  • Traslado del cuerpo oficiales – 4 mil 303 pesos
  • Cremación para adulto – 5 mil 167 pesos
  • Cremación para niño – 3 mil 268 pesos
  • Cremación directa – 2 mil 801 pesos
  • Paquete cremación – 10 mil 899 pesos
  • Embalsamamiento 2 mil 526 pesos

Para poder solicitar información o adquirir algunos de estos servicios funerarios del IMSS, los interesados deberán acudir a las oficinas del Fideicomiso de Beneficios Sociales (FIBESO) que se localizan en la avenida Álvaro Obregón No. 121, en el octavo piso, en la colonia Roma Norte, en la Ciudad de México.

También es posible recibir atención vía telefónica a través de los números: 800-623-23-23 o al 800-134-23-76.

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) los beneficiarios de los derechohabientes del IMSS que hayan fallecido, tienen derecho a recibir un pago por parte de la Institución para cubrir los gastos funerarios.

Dicho pago correspondería a dos meses del salario mínimo general vigente y los beneficiarios tendrán un año, a partir de la fecha del fallecimiento del trabajador asegurado, para reclamarlo.

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ISSSTE

El ISSSTE ofrece una variedad de servicios como capillas, transporte (en microbús, minibús o carrozas), embalsamamiento, cremación, apertura y cierre de nichos.

Cabe mencionar que dichos servicios son limitados a la apertura y cierre de nichos, fosas y algunas gestorias.

El servicio más solicitado contempla la velación con traslado local del cuerpo al velatorio, con uso de capillas y manejo del cuerpo con un costo de 3 mil 269 pesos (para derechohabientes) y 4 mil 903 pesos (para público general).

El ISSSTE ofrece servicio de traslado funerario tanto particular (en 3 mil 850 pesos) y oficial (en 4 mil 303 pesos).

Para los pensionados y jubilados de la institución, existe el pago de 120 días de pensión del finado al momento de fallecer.

Dentro de los requisitos que se requieren están:

  • Certificado médico de disfunción del finado (original y copia)
  • Identificación oficial vigente del fallecido y el solicitante (copia y original)
  • Credencial del trabajador -solo en caso de que no se localice su registro en la base de datos del SIRVEL- (original y copia)
  • Último talón de pago -solo en caso de que no se localice su registro en la base de datos del SIRVEL- (original y copia)
  • Documento que compruebe relación familiar -acta de matrimonio o de nacimiento. Solo en caso de que no se localice su registro en la base de datos del SIRVEL. (original y copia)

LEO