Con el voto a favor de 20 Congresos locales, el Senado de la República declaró la validez constitucional a la reforma que amplía el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa y que reforma del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
De esa manera, se incorpora la extorsión como un delito por el que los jueces pueden ordenar esa medida cautelar a quienes lo cometan, así como por la ilegal introducción, desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados.
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La ampliación de delitos que ameritan prisión preventiva incluye, además, aquellos que vayan en contra la salud, el libre desarrollo de la personalidad y los de cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales.
Para la interpretación y aplicación de las normas previstas en este párrafo, los órganos del Estado deberán atenerse a su literalidad, “quedando prohibida cualquier interpretación análoga o extensiva que pretenda inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia, ya sea de manera total o parcial”.
De esta manera se espera la publicación de la reforma en el Diario Oficial de la Federación para su entrada en vigor.