Por mayoría de votos, el Senado aprobó la reforma a la Ley de Amparo que incluye un transitorio que la Oposición calificó “retroactivo” y por ende, violatorio de la Constitución.
Ayer, tras más de 7 horas de debate, Morena y sus aliados le pasaron encima a la Oposición, y avalaron el dictamen que modifica la Ley de Amparo, y que en su primero transitorio establece que “los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente Decreto, continuarán tramitándose hasta su resolución final conforme a las disposiciones que establece este Decreto”.
Con lo anterior se suprime el tercero transitorio de la Ley previa, en la que se indicaba que “los asuntos que se encuentran en trámite a la entrada en vigor del presente decreto continuarán tramitándose hasta su resolución final conforme a las disposiciones vigentes a su inicio".
De tal suerte que la nueva redacción del Primero Transitorio de la nueva Ley desató un largo debate sobre si violaba o no el Artículo 14 que establece la no retroactividad de las leyes, en perjuicio de las personas.
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Al dictamen aprobado se le sumó una reserva presentada por el morenista Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara, que por la mañana había sido retirado pero que a media tarde volvió a aparecer, lo que, en palabras de la priista Claudia Anaya fue obra del “duende” legislativo.
Ley de Amparo no afecta esencia del Juicio de Amparo: Manuel Rafael
Ante esto, Huerta Ladrón de Guevara enfatizó que no afecta derechos adquiridos ni la esencia del Juicio de Amparo, sino que precisa su naturaleza, pese a las acusaciones de los 3 partidos de Oposición.
“Ni duende, ni ‘niño artillero’, ni vengo a dinamitar nada, sé lo que vengo a plantear aquí, y sabía que algunos iban a empezar a alegar que esta modificación implica una aplicación retroactiva a la Ley, prohibida por el 14 Constitucional, que señala con claridad que a ninguna Ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Sin embargo no es el caso, la regla general es que la Ley se aplica desde su entrada vigor y hacía adelante, sólo cuando afecta derechos adquiridos de manera previa puede hablarse de retroactividad violatoria. Lo que aquí discutimos, no afecta derechos adquiridos, porque no modifica la esencia del Juicio de Amparo, sino que precisa su naturaleza jurídica y asegura la correcta aplicación de las normas”, enfatizó el morenista.
Para subrayar su punto, el morenista solicitó una moción de ilustración con la que se citaron 5 jurisprudencias en las que se indica que la retroactividad en las leyes procesales no existe por regla general.
Ante ello, la emecista Alejandra Barrales señaló que Morena y sus aliados se comportaron como la “Chimoltrufia” ya que “como dicen una cosa, dicen la otra”, pues por la mañana el transitorio se había sacado del dictamen.
“La ilegalidad no está solo en el proceso; lo que preocupa es que la ilegalidad está en la retroactividad que le quieren aplicar a los 706 mil casos que hasta 2024 estaban en trámite de amparo y que hoy se verán afectados. Ahí es donde está la ilegalidad”, enfatizó.
Reforma protege al poderoso: Viggiano
Por su parte, el PRI en voz de Viggiano Austria destacó que con la reforma se protege al poderoso y no a la ciudadanía.
"Hoy no eliminan el amparo, pero restringen su admisión, la suspensión y la ejecución de sentencias. Al final, el pueblo queda desamparado. Con esta reforma el gobierno y los poderosos reciben protección, no la ciudadanía”.
Incluso, advirtió, con la nueva Ley se le abre la puerta a los poderosos para que “saqueen recursos naturales y a que las autoridades incumplan sentencias bajo la excusa de imposibilidad material o jurídica”.
Mientras que la panista Verónica Rodríguez Hernández acusó que con la reforma Morena busca dar mayor libertad a la autoridad y dejar indefensa a la ciudadanía.
“El mensaje es claro: menos defensa para las personas y más poder para el gobierno. Eso significa un país en el que la gente queda desamparada frente a los abusos de la autoridad”, asentó.
A media tarde, las Comisiones Unidas del Senado aprobó ligeros cambios, al proyecto de reforma a la Ley de Amparo impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum.
El dictamen quedó aprobado por la mayoría de Morena y aliados, y el rechazo de la Oposición que consideró insuficientes los ajustes.
Sobre el proyecto, el morenista Javier Corral -presidente de la Comisión de Justicia- indicó que la iniciativa pretende modernizar la justicia constitucional y fiscal, al incorporar las propuestas vertidas en las audiencias públicas.
“El dictamen que hoy ponemos a consideración responde a una iniciativa enviada por la presidenta de México, la doctora Claudia Sheinbaum Pardo, el pasado 15 de septiembre, con la pretensión de adecuar la Ley de Amparo (…) con el propósito de armonizarlos con los avances tecnológicos, las exigencias de certeza jurídica y las demandas ciudadanas de acceso a una justicia más pronta y expedita”, sostuvo.
Sobre los ajustes, Corral Jurado detalló que se precisó que la lesión jurídica puede ser individual o colectiva, además de que se eliminó la exigencia de que “la lesión sea actual y también que el beneficio obtenido sea directo, para dejar claro que puede derivar de la pertenencia a un colectivo”.
Otras modificaciones
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Otros ajustes al dictamen:
- Se precisó que la lesión jurídica puede ser individual o colectiva, y se eliminó la exigencia de que sea actual o de que el beneficio sea directo
- Se mantuvo la sanción a servidores públicos que incumplan sentencias de amparo, evitando trasladar la responsabilidad al Estado
- El plazo para dictar sentencia se amplió de 60 a 90 días naturales, atendiendo al rezago judicial
- Se acotó la noción de orden público e interés social para negar suspensiones, se limitará a actividades reguladas como telecomunicaciones, agua, carreteras o servicios financieros sin concesión o autorización.
- Se detallaron las formas de garantía del interés fiscal y se amplió de tres a cinco días el plazo para exhibirlas
- En el Código Fiscal de la Federación se cerró la puerta a reabrir litigios sobre cobro firme de créditos
- Se corrigió un error en el régimen transitorio, por lo que los juicios en trámite se resuelvan conforme a la ley vigente al inicio del proceso
La modificación constitucional a la Ley de Amparo se avaló con 70 votos a favor y 39 en contra.
