El exministro Arturo Zaldívar ya es elegible para encabezar la Fiscalía General de la República (FGR) o cualquier otro cargo público.
Este mes se cumplieron los 2 años que por Ley deben esperar los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para ser secretario de Estado, Fiscal de la República, senador, diputado federal o gobernador.
El 7 de noviembre de 2023, Zaldívar Lelo de Larrea difundió en X (@ArturoZaldivarL) su carta de renuncia presentada al entonces presidente Andrés Manuel López Obrador y al día siguiente, el entonces mandatario federal la aceptó.
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"Toca ahora seguir sirviendo a mi país en la consolidación de la transformación de un México más justo y más igualitario, en el que sean prioridad quienes menos tienen y más lo necesitan", indicó en su post de ese entonces.
Ocho días después, y con 63 votos a favor y 43 en contra, el Pleno del Senado aprobó la renuncia del hoy coordinador General de Política y Gobierno de la Presidencia de México.
Arturo Zaldívar se sumó al gobierno de Sheinbaum
En agosto del año pasado, la entonces presidenta electa, Claudia Sheinbaum informó que sumaría a Arturo Zaldívar Lelo de Larrea a su Gobierno, para dar prioridad al entonces proyecto de reforma al Poder Judicial.
“Él va a ocupar el cargo dentro de Presidencia como coordinador de Política y Gobierno, que es un área que existe actualmente. Él nos va a ayudar mucho porque además le va a dar seguimiento a las reformas constitucionales, particularmente a la reforma del Poder Judicial, obviamente con la autonomía que eso significa, pero es importante el seguimiento porque desde el Ejecutivo hay una serie de áreas indispensables que hay que cumplir.
Recuerden que son 18 reformas constitucionales y otras reformas que en su momento vamos a plantear y que es indispensable darle todo el seguimiento”, comentó desde su casa de Transición.
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El candado de los 2 años para asumir un cargo público se encuentra en los artículos 95 y 101 de la Constitución.
"Las personas que hayan ocupado el cargo de Ministra o Ministro de la Suprema Corte de Justicia, Magistrada o Magistrado del Tribunal de Disciplina Judicial, así como Magistrada o Magistrado de la Sala Superior y salas regionales del Tribunal Electoral, no podrán, dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial de la Federación. Para el caso de Magistradas y Magistrados de Circuito y Juezas y Jueces de Distrito, este impedimento aplicará respecto del circuito judicial de su adscripción al momento de dejar el cargo, en los términos que establezca la ley", se lee en el 101 constitucional.
