La SCJN estableció como jurisprudencia que todos los juzgadores del país pueden conocer y verificar contratos sobre maternidad subrogada.
Cuartoscuro | La SCJN estableció como jurisprudencia que todos los juzgadores del país pueden conocer y verificar contratos sobre maternidad subrogada.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció como jurisprudencia que todos los juzgadores del país pueden conocer y verificar contratos sobre maternidad subrogada, que sean presentados de manera voluntaria, y ordenar la expedición de acta de nacimiento para la persona nacida de ese procedimiento.

Durante la sesión de este martes, se fijó como criterio obligatorio que, ante la falta de regulación específica en materia de gestación sustituta en la Ciudad de México, las diligencias de jurisdicción voluntaria son la vía idónea para que una autoridad jurisdiccional verifique el contenido del acuerdo de gestación sustituta, previamente ratificado ante notario o notaria y, eventualmente, ordene al registro civil expedir el acta de nacimiento del hijo o hija nacida mediante este método.

La Corte determinó que la falta de regulación no debe impedir que las autoridades resuelvan los asuntos que se les presentan. Por el contrario, deben adoptar una solución que garantice los derechos de las personas involucradas en un acuerdo de gestación sustituta. En ese sentido, cuando exista uno en esta materia previamente ratificado ante una notaría pública y no haya controversia entre las partes, una autoridad judicial no contenciosa podrá conocerlo, verificar su contenido, acompañar su cumplimiento y, al momento del nacimiento, ordenar sin dilaciones la expedición del acta correspondiente.

También te puede interesar: ¿CURP Biométrica será obligatoria en 2026? Estos Sabemos

Función de autoridad jurisdiccional no consiste en resolver un litigio: SCJN

Además, las cláusulas deben proteger los derechos humanos de todas las personas, por lo que se debe verificar que cada una de las partes haya otorgado el consentimiento libre, previo, informado y sin coerción. En caso de detectar falta de consenso o riesgo de explotación, la jurisdicción no podrá validarlo, y el juez o jueza deberá negarse a emitir la declaración solicitada, informando al ministerio público y a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.

También te puede interesar: Hay acuerdo con PT y PVEM para reforma electoral: Sheinbaum

Con este criterio, la SCJN busca proteger los derechos de los padres intencionales, de las mujeres y personas gestantes y, de manera prioritaria, de la niña o niño nacido bajo este procedimiento, asegurando certeza jurídica y protección integral desde el nacimiento.

Mantente informado de las noticias más relevantes en México y a nivel internacional en tiempo real. Información de política, Gobierno, Mundo, economía, negocios, deportes, espectáculos y más.