La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo en revisión 423/2025, referente a la expedición de actas de nacimiento y defunción para integrantes de la comunidad Rarámuri de Tehuerichi, Chihuahua.
SCJN vigilará identidad contra comunidades originarias
La Corte concedió el amparo para que las autoridades responsables diseñen políticas públicas que garanticen su derecho a la identidad, realicen campañas registrales, y para que en la expedición y remisión de las constancias de actas del estado civil, baste la exhibición de los registros realizados por el Gobernador de la comunidad.
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Al respecto, la ministra Yasmín Esquivel Mossa votó a favor del proyecto y argumentó que el derecho a la identidad no es una formalidad administrativa, sino un derecho humano que constituye la puerta de acceso al ejercicio de otros.
Durante su intervención enfatizó que el respeto a los derechos de los colectivos indígenas y afromexicanos debe basarse, principalmente, en asumir una perspectiva multicultural, es decir, que las personas juzgadoras se coloquen en la posición de quienes acuden en busca de justicia y se despojen de cualquier prejuicio.
“Una adecuada perspectiva de multiculturalidad implica dejar claro que no venimos a declarar u otorgar derechos; nuestra labor es reconocer y garantizar aquellos que, por esencia, siempre han pertenecido a nuestros pueblos indígenas”, expresó.
Reafirmó, además, que el registro de nacimiento garantiza la existencia jurídica de la persona; mientras que el de defunción otorga certeza y seguridad jurídica, no sólo desde la perspectiva legal, sino también cultural y espiritual.
Reconocen validez de la comunidad Rarámuri
Con esta determinación, dijo la ministra, la Suprema Corte reconoce la validez de las autoridades tradicionales de esas comunidades, su cosmovisión y formas propias de organización, en un marco de coordinación respetuosa con las instituciones del Estado.
“De esta manera avanzamos hacia un modelo de justicia constitucional, que no impone, sino que escucha; que no homogeniza, sino reconoce la diversidad; y que hace efectivo el mandato constitucional de construir un país verdaderamente pluricultural, en el que los pueblos indígenas no sean destinatarios pasivos de políticas públicas, sino sujetos plenos de derechos", indicó Esquivel Mossa.
La comunidad Rarámuri de Tehuerichi se encuentra a gran distancia de la cabecera municipal de Carichí, y se rige por su propio sistema normativo, con autoridades tradicionales que organizan la vida comunitaria. Entre ellas destaca el Gobernador o Siríame, autoridad civil suprema elegida en asamblea, que lleva el registro de nacimientos y defunciones y participa en los rituales fúnebres.
Sin embargo, desde 2012, integrantes de la comunidad han intentado que el registro civil estatal expida las actas de nacimiento y defunción correspondientes, pues la falta de estos documentos les ha impedido acceder a otros derechos, tales como: tramitar juicios sucesorios y acceder a programas sociales, entre otros.
Consideran relevancia en los normativos indígenas
La Corte indicó que esa realidad ha generado un contexto estructural de vulneración al derecho a la identidad y al acceso a la jurisdicción del Estado. Las autoridades registrales han negado la expedición de dichas actas al señalar que no cuentan con documentos como certificados médicos de defunción o actas ministeriales, sin considerar las barreras geográficas, lingüísticas, ni las prácticas culturales que se realizan en la comunidad, tal como enterrar a las personas fallecidas junto con sus documentos.
Al resolver el caso, la SCJN consideró la relevancia de los sistemas normativos indígenas y sostuvo que las constancias emitidas por el Siríame deben tener valor jurídico real en los procedimientos registrales, en reconocimiento del pluralismo jurídico previsto en el artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
