El SAT llama a cumplir con la declaración anual de personas.
Foto: Cuartoscuro | El SAT llama a cumplir con la declaración anual de personas.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que la declaración anual 2025 de personas físicas estará disponible del 1 al 30 de abril, las 24 horas del día a través del portal de la institución.

Se detalló que este año se implementarán mejoras y actualizaciones en el formulario para facilitar el cumplimiento.

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La autoridad fiscal precisó que si el saldo a favor es igual o mayor a 10 mil un pesos, es necesaria la e.firma para su envío.

La presentación de la Declaración Anual se realiza en el Portal del SAT https://www.sat.gob.mx/minisitio/DeclaracionAnual/Personas/index.html disponible durante todo el mes.

“El trámite es obligatorio para las personas que obtuvieron ingresos por las siguientes actividades:

  1. Sueldos y salarios: Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede los 400 mil pesos.
  • Si trabajaron para un solo empleador y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre de 2025.
  • Si obtuvieron ingresos distintos de salarios.
  • Si trabajaron de manera simultánea para dos o más empleadores.
  • Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener el ISR.
  • Si obtuvieron ingresos adicionales por indemnización.
  • Si los ingresos por jubilación o pensiones exceden el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
 Este año se implementarán mejoras y actualizaciones en el formulario para facilitar el cumplimiento.
Foto: Cuartoscuro | Este año se implementarán mejoras y actualizaciones en el formulario para facilitar el cumplimiento.  
  1. Servicios profesionales.
  2. Actividades empresariales.

Incluye a Plataformas tecnológicas, región fronteriza y Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.

  1. Arrendamiento de bienes inmuebles.
  2. Enajenación o adquisición de bienes.
  3. Intereses o dividendos.

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  4. Las personas que tributan en RESICO pueden quedar relevadas de presentar la Declaración Anual. Las que apliquen lo establecido en las reglas 3.13.20 y 3.13.21 pueden optar por presentarla.

“Con el fin de agilizar el llenado del formulario, se deberá completar cada apartado de la declaración antes de avanzar al siguiente”, mencionaron.

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