El Congreso de la Ciudad de México aprobó reformas al Código Penal para tipificar el delito de huachicoleo de agua y sancionar con hasta 12 años de prisión a quien extraiga, comercialice y aproveche ilegalmente este recurso hídrico.
La legislación busca cerrar vacíos legales y dotar a las autoridades de herramientas para perseguir una práctica que opera mediante tomas clandestinas y redes irregulares.
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La reforma establece sanciones para quienes sustraigan, exploten, transporten o comercialicen agua alterando infraestructura hidráulica sin autorización con una pena de 6 a 10 años de prisión y multas que van de los 11 mil 731 pesos a los 58 mil 655 pesos.

Además, cuando el robo tenga como finalidad almacenar, distribuir o suministrar agua para obtener un beneficio económico, las sanciones aumentarán a 6 y hasta 12 años de prisión, con multas de entre 23 mil 462 pesos y hasta 234 mil 620 pesos.
También se sancionará la comercialización ilícita mediante pipas, vehículos cisterna, redes alternas u otros medios cuando no exista concesión o autorización legal con penas que van de 2 a 8 años de prisión y multas de entre 35 mil 193 y 70 mil 386 pesos.
La reforma también contempla responsabilidades para quienes manipulen medidores o alteren infraestructura hídrica para evitar pagos o modificar el suministro. En esos casos se impondrán sanciones de 3 a 6 años de prisión y multas que van de los 35 mil 193 pesos hasta los 70 mil 386 pesos.
En el caso de servidores públicos que participen, faciliten o se beneficien de estas conductas, además de las sanciones penales podrán aplicarse medidas de destitución e inhabilitación para ocupar cargos públicos.
