Pacific Lifestyle Properties tendrá que demoler dos torres del desarrollo inmobiliario Punta Paraíso | Foto: Cortesía Profepa

Pacific Lifestyle Properties tendrá que demoler dos torres del desarrollo inmobiliario Punta Paraíso que construyó irregularmente en la localidad de San Pancho, municipio Bahía de Banderas, Nayarit. Asimismo, deberá pagar una multa de 96 mil 220 pesos como parte de las sanciones impuestas por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y ratificadas este 7 de octubre por el Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.

La resolución del Tribunal ocurre tras seis años de litigio y exige a la compañía la demolición de las estructuras edificadas sobre una superficie de 1,466.008 metros cuadrados por afectaciones a la Zona Federal Marítimo Terrestre y terrenos ganados al mar. 

Asimismo, la sentencia dictada confirma la imposición de una multa económica por 96 mil 220 pesos y establece la pérdida de bienes en beneficio de la Nación respecto a las edificaciones conocidas como Torre 1 y Torre 2.

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Los responsables del proyecto y la disputa con activistas

Pacific Lifestyle Properties fue fundada en Puerto Vallarta, Jalisco, por Carlos Lemus Mateos y el inversionista canadiense Francis Bast, tal como consta en documentos del Registro Público de Comercio en poder de 24 Horas. 

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Actualmente, Carlos Lemus es vicepresidente honorífico de la la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios en Nayarit, una de las organizaciones gremiales más importantes del sector en México.

Carlos Lemus Mateos demandó a activistas, defensores del medio ambiente y comerciantes locales | Foto: Cortesía Profepa  

En el marco de la disputa por la construcción del complejo residencial Punta Paraíso, Lemus Mateos demandó a activistas, defensores del medio ambiente y comerciantes locales, entre los que destaca el activista Indalecio Sánchez Rodríguez. 

La demanda fue promovida bajo el expediente 487/2019 ante el Juzgado Cuarto de lo Civil del Estado de Jalisco como respuesta a las protestas comunitarias y denuncias públicas impulsadas por los pobladores frente a las obras. 

El desarrollador exigió reparación por daño moral y perjuicios económicos, asegurando que las movilizaciones y las declaraciones mediáticas provocaron la caída del negocio y un severo retraso en la venta de los inmuebles.

Ahora, un Tribunal ratificó lo que activistas ya habían denunciado, la irregularidad de las obras. 

Origen del conflicto: concesión de Semarnat e impacto ambiental

El origen de la controversia se remonta al 13 de agosto de 2009, fecha en la que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) otorgó un título de concesión inicial sobre 1,469.92 metros cuadrados con la condición estricta de conservar la superficie en su estado natural. Años más tarde, el 26 de marzo de 2014, la concesión fue modificada para abarcar 2,534.003 metros cuadrados destinados de forma exclusiva a actividades de esparcimiento y embellecimiento, sin autorizar ningún tipo de edificación o cambio en el uso de suelo.

Pacific Lifestyle Properties ocupó ilegalmente la superficie | Foto: Cortesía Profepa  

A pesar de los términos establecidos en la concesión, la empresa ocupó ilegalmente la superficie para levantar el proyecto inmobiliario Punta Paraíso, situación que generó protestas ciudadanas y manifestaciones de habitantes de San Pancho desde 2016 por los impactos al ecosistema y al hábitat de la tortuga marina.

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El camino legal: de la inspección de Profepa al fallo definitivo

Tras formalizarse denuncias ante las autoridades en agosto de 2019 e iniciarse disputas legales con activistas locales, inspectores de la Profepa llevaron a cabo visitas de verificación en diciembre de 2021 donde confirmaron la presencia de obras irregulares. 

Consecuencia de dichas inspecciones, el 15 de agosto de 2022 la Profepa ordenó la reparación del daño ambiental mediante la demolición de las edificaciones y fijó las sanciones económicas correspondientes

Aunque la empresa interpuso un juicio de nulidad en septiembre de 2022, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa reconoció la validez de la resolución en mayo de 2025, decisión que finalmente fue ratificada de forma definitiva con la negativa de amparo dictada por el tribunal colegiado tras seis años de litigio.

Tras el fallo, la titular de la Profepa, Mariana Boy Tamborrell, señaló que la resolución constituye un precedente relevante para la justicia ambiental y la protección de las zonas costeras al hacer prevalecer el interés público sobre los desarrollos no autorizados.