La Cámara de Diputados aprobó con 307 votos reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones, lo cual permitirá a los organismos constitucionalmente autónomos el uso oficial de bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico.

 

Así mismo, podrán emplear el espectro oficial los concesionarios de servicios públicos siempre que acrediten ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) la necesidad de ese uso; paguen la contraprestación que fije Hacienda y no empleen la banda del espectro comercialmente ni la compartan con terceros.

 

Las enmiendas, que ya fueron avaladas por el Senado, fueron enviadas por la Cámara de Diputados al Poder Ejecutivo, para su promulgación y entrada en vigor, informó El Universal.

 

Actualmente la ley señala que “espectro para uso oficial son aquellas bandas de frecuencias destinadas para el uso exclusivo de la administración pública federal, gobiernos estatales y municipales, otorgadas mediante asignación directa”.

 

Ahora se modificó para incluir a “organismos autónomos constitucionales y concesionarios de servicios públicos” con las condiciones de contraprestación y justificación referidas.

 

Además se incluyeron tres artículos transitorios para que, una vez que entre en vigor la reforma,  la Secretaría de Comunicaciones cuente con un plazo no mayor a 90 días naturales para tomar las medidas técnicas necesarias para realizar la asignación directa del espectro a la que se refieren las enmiendas.

 

En tanto, la Secretaría de Hacienda tendrá 60 días hábiles para establecer los montos que deberán pagarse al Estado para la asignación del espectro de uso oficial.