Armando Hernández Gómez, alias El Ostión Cayagua, Fernando Gamboa Camarillo y José Luis Hernández, relacionados con el secuestro de 12 personas en el bar Heaven, fueron liberados por la Procuraduría General de Justicia capitalina al cumplir un arraigo de 30 días.

 

El juez 29 con sede en el Reclusorio Sur les notificó sobre su libertad bajo las reservas de ley, luego que la PGJDF no pudo sustentar su relación con la desaparición de los jóvenes ocurrida el 26 de mayo, por ello no se solicitó la orden de aprehensión.

 

Sin embargo, Hernández Gómez tenía pendiente una orden de localización en la Procuraduría General de la República (PGR) por su presunta responsabilidad en delitos contra la salud, y al abandonar el juzgado fue notificado por agentes federales y trasladado ante el Ministerio Público federal de la Subprocuraduría de Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO).

 

De acuerdo con las pesquisas de la PGJDF El Ostión Cayagua, de 43 años, es señalado como presunto miembro de La Unión, grupo ligado al homicidio de Horacio Vite Ángel, supuesto narcomenudista asesinado afuera del bar Black dos días antes del secuestro en el Heaven.

 

Ya son cuatro las personas que han sido arraigadas por el caso y que fueron liberadas por falta de elementos. La primera fue Brenda Angélica Casas Figueroa, esposa de Armando Rodríguez Ledezma.

 

Sólo Ernesto Espinosa Lobo, socio mayoritario del Heaven sigue bajo arraigo, y se espera que se defina su situación jurídica el próximo 29 de julio. La PGJDF ya solicitó la orden de aprehensión en su contra por el delito de secuestro agravado, sin embargo, el juez de la causa no la ha concedido.

 

El pasado 5 de julio, la PGJDF confirmó el auto de formal prisión contra Mario Alberto Rodríguez Ledezma, socio del after; Gabriel Carrasco Ilizaliturri, alias El Diablo, escolta y encargado de seguridad; y Andrés Estuard Henonet González, empleado y también escolta, los tres por el delito de secuestro agravado.

 

En este sentido, Espinoza Lobo nuevamente apeló a la justicia federal, por lo cual, la Juez Primera de Distrito en Procesos Penales Federales dio entrada al juicio de garantías que promovió el inculpado en contra de cualquier orden de arraigo, aprehensión u otras, promovidas ante el Juez Segundo Penal del fuero común.

 

La defensa del inculpado argumentó que durante la detención se dieron actos contrarios al artículo 22 constitucional, como la incomunicación.

 

A pesar de la estrategia de la defensa, la PGJDF informó que dicho recurso quedará sin efectos, ya que por el momento sólo hay una petición de orden de aprehensión, sin que la juez de la causa se haya pronunciado hasta el momento.

 

A través de la lista de acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal se notificó a las partes en éste caso la PGJDF y al Juez Segundo Penal para que presenten los elementos pertinentes para dirimir sobre las imputaciones que hace el quejoso.