La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dio entrada al análisis de un amparo que interpuso la Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia por el incumplimiento de las autoridades capitalinas de sancionar a los agentes judiciales que detuvieron y torturaron a tres jóvenes.

 

Es la primera vez que el Máximo Tribunal analizará una situación de esta naturaleza.

 

El representante jurídico de dicho organismo civil, Alejandro Rojas Pruneda, aclaró que la Comisión de Derechos Humanos capitalina emitió la Recomendación 08/2011 para la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, quien ha cumplido parcialmente con el pliego.

 

Detalló que no se han cumplido con los principales puntos de la recomendación, que son la reparación del daño, y la sanción penal en contra de los agentes judiciales involucrados en la detención arbitraria, y la tortura de tres víctimas.

 

El activista explicó que en primera instancia se promovió un amparo ante un Juez federal, quien negó la protección a los peticionarios bajo el argumento legal que  una recomendación el vinculatoria, y no es una ley  al que se estén obligadas las autoridades a cumplir.

 

“Afortunadamente la semana pasada nos informó la Primera Sala de la Corte que había decidido aceptar y analizar si la PGJDF había cumplido o no con los términos de la recomendación”.

 

“Quiero señalar que es el primer amparo que se promueve en toda la historia de la Comisión de Derechos Humanos que tiene por objeto solicitar y exigir el cumplimiento de su contenido una vez que son aceptadas por los organismos locales de derechos humanos y que el Máximo Tribunal del país decide estudiar si las recomendaciones de derechos humanos son obligatorias cuando estas son aceptadas”, dijo el defensor.

 

El abogado de las víctimas,  José Otón de la Serna, indicó que los delitos imputados fueron infundados, aun así sus clientes fueron torturados y consignados.

 

Los agraviados fueron detenidos en mayo 2008 por el supuesto robo a un camión repartidor, días después la entonces Policía Judicial los detuvo y acusó de ese evento.

 

El ministerio público de Azcapotzalco los consignó y relacionó con seis averiguaciones previas por secuestro exprés y robo agravado; posteriormente el Juez 25 Penal los condenó a más de 50 años de cárcel.

 

La defensa impugnó la sentencia y los tres jóvenes alcanzaron su libertad luego de ocho meses por falta de pruebas, sin embargo, se dictó una nueva orden de aprehensión y fue entonces que la CDHDF intervino y luego de analizar el caso emitió su recomendación.

 

Fue hasta el 16 de febrero que el referido juez dictó sentencia absolutoria por la única imputación que quedaba por resolver, luego de su liberación.