“A mí se me detuvo por la masacre de los jóvenes”, declaró Israel Arzate Meléndez el 5 de febrero de 2010. A continuación ‘confesó’ que había participado ‘como informante en el homicidio de 15 personas’ en Villas de Salvárcar, Ciudad Juárez, Chihuahua el 30 de enero de 2010 y, agregó, que también ‘había disparado contra las víctimas de la masacre’.
Hoy se sabe que esa confesión fue obtenida mediante métodos de tortura. Que para obtenerla, al hombre se le aplicaron toques eléctricos, se le sumergía la cabeza en agua helada, se le cubría la cara con bolsas de plástico hasta la asfixia… Y que, si no confesaba su participación en la masacre, su mujer sería detenida y violada y tirada ‘por ahí’… Participaron en ello –se dice- miembros del ejército, policías del ministerio público estatal y agentes vestidos de civil…
Ante la juez del caso, el acusado advirtió que su declaración había sido obtenida bajo tortura: se desestimó.
El caso se hizo público y se trasladó a diversas organizaciones de protección de los derechos humanos y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos. La ONU envió al gobierno mexicano una solicitud de liberación de Arzate. La presión social y un procedimiento legal hizo que el caso fuera llevado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la que, el 6 de noviembre, le concedió a Israel un amparo “liso y llano” debido a que, según la Primera Sala del Alto Tribunal, “la autoridad obtuvo pruebas de forma ilícita y elementos como la supuesta confesión resultaron nulos totalmente pues se rindió ante militares y no frente a autoridades civiles…”
Aparte: El 31 de octubre, el secretario de Gobernación instruyó a funcionarios de la Segob para que se le informara a Alberto Patishtán, profesor tzotzil, de su libertad inmediata. Esto, luego de las reformas al Código Penal Federal, aprobadas por el Congreso, permitió al presidente Enrique Peña Nieto otorgar el indulto al maestro chiapaneco. El argumento: “Hubo violaciones graves a los derechos humanos del profesor Patishtán y al debido proceso”.
A Patishtán se le acusó hace trece años de haber participado en una emboscada el 12 de junio de 2000 en El Bosque, Chiapas, en la que murieron siete policías estatales. Se le detuvo el 19 de junio de ese año. Luego de un arraigo fue trasladado al Cereso Número 1 de Cerro Hueco, en Tuxtla Gutiérrez. Y aunque alegó que cuando ocurrieron los hechos él estaba en una reunión escolar, y aunque presentó testigos de ello, el juez desestimó el alegato.
En marzo pasado, la SCJN rechazó revisar la solicitud de reconocimiento de inocencia y turnaron el asunto al Primer Tribunal Colegiado de Circuito, en Tuxtla Gutiérrez, que el 12 de septiembre ratificó la sentencia de 60 años.
Aparte: El 6 de noviembre pasado, los ministros de la Primera Sala de la SCJN, revocaron el amparo del Tribunal Colegiado que permitió la liberación de Rafael Caro Quintero y ordenó emitir una nueva sentencia contra el narcotraficante por el homicidio, en 1985, del agente de la DEA, Enrique Camarena Salazar. Las presiones del gobierno de Estados Unidos están a la vista.
A favor de revocar el amparo estuvieron algunos de los ministros que en enero de 2013 dictaron la liberación “inmediata y absoluta” de Florence Cassez, lo que se resolvió con el proyecto de resolución de la magistrada Olga Sánchez Cordero. Las presiones del gobierno de Francia parecían estar a la vista.
Aparte: En el DF, los realizadores del documental Presunto Culpable que denunció irregularidades en los procesos de justicia en la capital del país están sometidos a procedimiento legal luego de tres demandas en su contra. 3 mil millones de pesos es el reclamo de los demandantes…
Aparte: Hay un común denominador en todo esto: las irregularidades en los procedimientos de investigación y de procuración y administración de la justicia: caso Salvárcar, caso Patishtán, caso Caro Quintero, caso Presunto Culpable, caso… Y hay una pregunta permanente:
¿Quién es culpable y bajo el síndrome Cassez sale sin probar la inocencia tan sólo por malos procedimientos de investigación? O bien ¿Cuántos inocentes están en las cárceles del país de los que se obtuvo declaración de culpabilidad bajo tortura? ¿Cuántos son que están ahí acusados por razones ajenas a la justicia, al derecho y a la constitucionalidad de la inocencia?
¿Cuántos en el país, en municipios, en reclusorios estatales y federales están que son inocentes? ¿Quién los defiende? ¿Quién cuida que los procedimientos legales sean eso, legales y que ocupen los reclusorios quienes han cometido ilícitos probados de manera veraz y sin atentado a los derechos humanos?… ¿Dónde están los que cometieron tortura? ¿Dónde están quienes desestimaron evidencias de inocencia?