MADRID. La infanta Cristina, hija del rey Juan Carlos I de España, fue imputada, por segunda ocasión por presunto blanqueo de capitales en la gestión y manejo de fondos sospechosos en la empresa sin fines de lucro Aizoon, una empresa que compartía con su esposo, Iñaki Urdangarin, por lo que tendrá que asistir a un juzgado el próximo 8 de marzo.

 

El magistrado instructor, José Castro, sostiene que la contabilidad de Aizoon “distaba mucho de ajustarse a la realidad”, y califica de “fiscalmente opaco” el reparto de dividendos entre los dos titulares de la empresa familiar: Cristina de Borbón y Grecia r Iñaki Urdangarin.

 

En el expediente, el instructor también señala que doña Cristina “ha intervenido, de una parte, lucrándose en su propio beneficio y, de otra, facilitando los medios para que lo hiciera su esposo, mediante la colaboración silenciosa de su 50% del capital social, de los fondos ilícitamente ingresados en la sociedad Aizoon procedentes de los lucrados por la empresa Nóos”.

 

En el expediente, de 227 páginas, del cual el periódico El Mundo publicó fragmentos, el juez concluye que Iñaki Urdangarin “difícilmente” pudo haber defraudado a Hacienda “sin, cuando menos, el conocimiento y aquiescencia” de su esposa “por mucho que de cara a terceros” mantuviera “una actitud propia de quien mira para otro lado”. El juez se pregunta por qué la Infanta no utilizó su “paritario potencial participativo” en la empresa Aizoon para rectificar las liquidaciones supuestamente defraudatorias de la empresa.

El juez ve indicios claros de que la infanta Cristina participaba en la entidad a modo de “escudo frente a Hacienda”, y considera que no llamarla a declarar sería concederle un trato privilegiado.

En el llamado “caso Nóos” están imputados Urdangarin y su ex socio Diego Torres, por la presunta desviación entre 2004 y 2007 de 6.1 millones de euros (unos 106 millones de pesos) de fondos públicos a través del Instituto Nóos, una institución sin fines lucrativos.

Esta es la segunda ocasión en la que Castro cita como imputada a la hija del monarca español pero cuando lo hizo por primera vez en abril de 2013 suspendió la orden de presentación después de que la Fiscalía Anticorrupción presentara recurso ante la Audiencia Provincial de Palma (Islas Baleares).

La imputación de la infanta Cristina, decidida por el juez Castro, solo había sido pedida por el sindicato Manos Limpias, organización que ejerce la acusación popular, mientras que la Fiscalía Anticorrupción, la Abogacía del Estado y las representaciones procesales de Iñaki Urdangarin, Diego Torres y la propia hija del rey se manifestaron contrarias a la imputación.

Tras conocer el auto, el abogado defensor de la infanta, Miquel Roca, anunció que recurrirá ante la Audiencia de Palma la decisión del juez Castro, se mostró “absolutamente y plenamente” convencido de la inocencia de la infanta Cristina y aseguró que la noticia de su imputación le ha “sorprendido”, porque no la “esperaba”.

Por su parte, la Casa del Rey, expresó su “respeto a las decisiones judiciales” tras conocer la decisión del juez.

En una entrevista emitida por Televisión Española (TVE) el pasado sábado, el jefe de la Casa del Rey, Rafael Spottorno, pedía que el juez Castro terminara pronto la instrucción de un sumario que “lleva ya tres años largos abierto” y cuya prolongación, según subrayaba, resulta “un poco un martirio” para la Corona. (Con información de EFE)

 

Las 5 claves de la imputación

 

  1. Los delitos cometidos por su esposo, Iñaki Urdangarin, difícilmente se podrían haber cometido sin el conocimiento de su esposa, debido a que ellos dos son los únicos partícipes de la empresa Aizoon. En su auto, el juez Castro insiste en cuestionar una y otra vez el argumento de que la Infanta desconocía las tareas y los negocios de su marido.
  2. Tres facturas cruzadas que Aizoon emitió a favor de Diego Torres, socio de Urdangarin en la empresa Nóos, por un importe de 69 mil euros (un millón 200 mil pesos) son “falsas”.
  3. Las facturas referidas a la organización de eventos de carácter familiar, como la fiesta de cumpleaños de uno de los hijos del matrimonio, “todo indica que Doña Cristina Federica de Borbón y Grecia debió participar activamente, como no puede ser de otro modo, en la organización y presupuestos de esos eventos de incontestable afección personal, si ella no los abonó de su propio peculio y debiera saber que tampoco lo hizo su marido, no pudo pasársele por alto que lo fueron por la entidad mercantil participada por ambos”.
  4. Sobre la contratación del servicio doméstico de la casa de la Infanta, se realizó “en negro” es decir, sin declararlo a Hacienda, y destaca que ella misma participaba en la selección del personal. El juez achaca a la Infanta la creación de un sistema de contratación ficticia de personal para acogerse a beneficios fiscales.
  5. Para el juez Castro, está claro que las facturaciones por gastos personales que doña Cristina cargó a Aizoon supusieron una “doble defraudación; (…) Por una parte se trata de ingresos porlos que nunca tributó en sus declaraciones del ISR, por otra parte, tuvieron la virtualidad de minorar la base imponible del Impuesto de Sociedades al figurar contablemente como gastos de explotación sin serlo”. Redacción