La SSA publicó en el Diario Oficial de la Federación dos decretos presidenciales que reforman el Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Publicidad y el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios.

 

Ello, indicó la Secretaría de Salud (SSA) mediante un comunicado, como parte de la Estrategia Nacional para la Prevención y Control del Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes.

 

Ambos decretos dan cumplimiento al eje de regulación sanitaria de esa estrategia que anunció el presidente Enrique Peña Nieto el 31 de octubre pasado, para combatir el problema de la obesidad que enfrenta el país.

 

Agregó que, en un ejercicio de homologación con las mejores prácticas internacionales, la estrategia del Gobierno Federal contempla el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas.

 

En ese rubro se establece la obligatoriedad de que los productores de alimentos y bebidas incluyan en el etiquetado frontal información al consumidor de los valores nutrimentales que el producto tiene respecto del porcentaje diario recomendado de un determinado nutrimento, precisó.

 

De igual forma se crea un sello de calidad nutricional que podrá ser utilizado en aquellos productos con una densidad calórica media o baja, agregó.

 

En materia de publicidad de alimentos y bebidas no alcohólicas se establece que sólo podrán publicitarse en horarios de audiencia infantil aquellos productos que cumplan con los criterios nutrimentales que establezca la dependencia.

 

Al respecto, la reforma establece que como horarios infantiles deben entenderse aquellos comprendidos entre las 14:30 y 19:30 horas de lunes a viernes, y de 7:00 a 19:30 horas los sábados y domingos.

 

Los criterios nutrimentales y la restricción de horarios se especifican en los lineamientos que alude el decreto presidencial y que envío la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) para su visto bueno, indicó.

 

De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto en esta materia, rubricado por la titular de la SSA, Mercedes Juan López, entrará en vigor en 90 días.

 

Las reformas a ambos reglamentos sanitarios son producto de una amplia consulta pública en la que participaron actores del sector público y privado, así como organizaciones de la sociedad civil durante 2013.

 

Con estos cambios regulatorios a favor del consumidor, México se convierte en pionero en materia de etiquetado y publicidad de alimentos y bebidas no alcohólicas, ya que se incorporan las mejores prácticas internacionales en el diseño y suministro de información clara y transparente a los consumidores.

 

México establecerá como obligatorias diversas disposiciones como la base sobre la cual se deberá calcular el contenido calórico de un producto y reportar el contenido energético del total del producto para el caso de bebidas saborizadas, chocolates, botanas y productos de confitería.

 

Además, establecerá horarios fijos en televisión y cine para restringir la publicidad de alimentos y bebidas no alcohólicas que no cumplan con estándares de calidad nutrimental.

 

Con la publicación de estos decretos, el gobierno de la República cumple con su compromiso de dar más información a la gente para tomar su mejor decisión de consumo, esperando reducir el sobrepeso, la obesidad y la diabetes que amenazan la salud de la población, añadió la SSA.