Empresas declaradas  “preponderantes” por el Instituto Federal de Telecomunicaciones iniciaron las respectivas demandas de amparo, seis en total, que fueron  aceptadas por los jueces especializados en la materia, aunque no se otorgó la suspensión provisional sobre las restricciones ordenadas.

 

En el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Televisa, Sociedad Anónima de Capital Variable tramitó la demanda 22/2014  en contra de las disposiciones del Ifetel.

 

Por ello, el juez  fijo para las 09:30 horas del  29 de abril la audiencia constitucional que para ambas partes presenten los alegatos sobre el acto reclamado, en este caso la preponderancia.

 

Otro amparo fue el 23/2014, presentado por  Cablevisión, Sociedad Anónima de Capital Variable en contra del Ifetel, y en este caso se fijó la audiencia para las 09:40 horas del próximo 29 de abril.

 

El juicio de garantías  24/2014 fue presentado por  Corporación Novavisión, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, y por igual fue en contra del Pleno del  Instituto de Telecomunicaciones, y se fijo fecha de audiencia a las 09:00 del 30 de abril.

 

Cablemás Telecomunicaciones, Sociedad Anónima de Capital Variable inició la demanda 25/2014, con fecha de audiencia para el 30 de abril a las 09:40 horas.

 

En todas ellas se admitió la demanda de amparo, sin que por ello, se otorgue la suspensión provisional sobre la preponderancia.

 

“Acuerdo se admite la demanda de garantías…sin que se tramite el incidente de suspensión…requiérase a las autoridades responsables su informe justificado…apercíbaseles en términos de ley…”, se notificó a través de la lista de acuerdos.

 

Mientras tanto,   en el Juzgado Segundo especializado en telecomunicaciones, Grupo Carso, Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable, promovió el juicio  20/2014  en contra del  Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones, y tendrá su diligencia el  29 de abril a las 09:40 horas.

 

“GCARSO, no es un Agente Económico Preponderante en Materia de Telecomunicaciones, ya que no cuenta con el requisito esencial para ello que es tener una concesión en dicha materia…”, alegó en su defensa en consorcio de Carlos Slim.

 

El juicio de garantías 19/2014 fue promovido por el Grupo Financiero Inbursa, Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable , en contra del Pleno del Ifetel, y se le fijo el próximo 29 de abril a las 09:30 horas sus comparecencia.

 

“…se tienen por ofrecidas y admitidas como pruebas de la parte quejosa las documentales que acompañó a su demanda, así como la instrumental de actuaciones y la presuncional, en su doble aspecto, legal y humano…En ese orden de ideas, se niega la suspensión provisional para los efectos solicitados, los cuales se traducen en que las autoridades responsables se abstengan de ejecutar la resolución reclamada”, se informó a través de las listas de acuerdos de ayer.

 

La denominación de “preponderancia” forma parte de la Reforma Constitucional  en telecomunicaciones y radiodifusión, y en este caso  se pretende acotar el dominio en el mercado de los consorcios  que conforman  América Móvil para  mejorar el acceso y servicios que prestan  las empresas, y bajar los precios a través de la competencia.

 

América Móvil, tiene presencia en 18 países del continente, con 200 millones de usuarios y controla cerca del 70 por ciento de la telefonía móvil en México.