El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 413 votos a favor, 29 contra y dos abstenciones, reformas al Artículo 41 Constitucional, con relación a la adquisición de propaganda en elecciones.
Con esta modificación se agrega la palabra “adquirir” en la Carta magna, y se pretende que la nulidad de elecciones no sólo ante la compra sino cualquier tipo de adquisición de cobertura informativa o tiempos de radio y televisión fuera de los supuestos previstos en la ley.
La reforma, aprobada en sesión del periodo extraordinario, fue al inciso B) del tercer párrafo de la Base VI del Artículo 41 de la Constitución.
Al afirmar que se aprobó con mayoría calificada, como se exige en la votación de reformas a la Constitución, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, José González Morfín, declaró aprobada la reforma y la remitió a los congresos locales.
La reforma necesita lograr los votos a favor de la mitad más uno de los Congresos locales, a fin de que el Ejecutivo federal la promulgue.
Al argumentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, el perredista Julio César Moreno Rivera precisó que el objetivo es evitar la simulación en la contratación de medios de comunicación.
Además, dijo que pretende aclarar que la nulidad de elecciones se puede producir no sólo ante la compra, sino ante cualquier tipo de adquisición de cobertura informativa o tiempos de radio y televisión fuera de los supuestos previstos en la Ley.
Se consideró que la reforma es pertinente porque fortalece la democracia y es acorde a los principios que debe regir todo proceso electoral, tales como certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.
En el dictamen se destacó que el término “adquirir” es más amplio que “comprar”, dada la complejidad que se requiere en materia probatoria para acreditar este último supuesto.
De lo anterior, se advierte que el término “adquiera”, abarca toda la gama posible de acceso a radio y televisión, más allá de la compra, porque esos tiempos se pueden adquirir por donación, regalo, cesión, aportación, entre otros mecanismos.
En la reforma política que se promulgó en marzo pasado por el Ejecutivo federal, al ser debatida en la madrugada en la Cámara de Diputados, se presentó una reserva que cambiaba la palabra “adquirir” o “comprar” la cual fue aprobada en votación económica.
Al regresar la minuta al Senado de la República la aprobó también y la envió a los congresos locales para su aprobación, y ante la inconformidad que provocó entre legisladores al promulgar esa reforma, el presidente Enrique Peña Nieto anunció otra enmienda.
Esta iniciativa de reforma que manda el Ejecutivo federal es al Artículo 41, para agregar la palabra “adquiera” para ampliar los conceptos de nulidad en materia de propaganda política.
En el debate en San Lázaro, principalmente los perredistas Purificación Carpinteyro Calderón y Fernando Belaunzarán Méndez, señalaron que el día que se votó y se aprobó la reforma en materia política nadie se dio cuenta de que se presentó la reserva.
Ambos reconocieron su error y se congratularon por la corrección que hace el Ejecutivo federal al enviar la nueva enmienda al Artículo 41 de la Constitución.
Sin embargo, Rafael Huerta Ladrón de Guevara, del Partido del Trabajo (PT) negó que él se haya equivocado y votado algo con lo que les “metían un gol”, y criticó a Carpinteyro por señalar que los diputados, en general, se habían equivocado.
A su vez, el diputado panista Homero Ricardo Niño de Rivera Vela dijo que en esa ocasión nunca se violó el procedimiento legislativo, aunque eran más de las 03:00 horas, ya que él fue quien presentó la iniciativa, se leyó por el secretario en turno y se aprobó.
Antes, los diputados Alfonso Durazo y Ricardo Mejía Berdeja, del Movimiento Ciudadano, reiteraron que su fracción votaría en contra porque no se prestaban a una simulación.