Desde el supuesto exilio al que se retiró por razones de seguridad, el ex presidente de Tepalcatepec, Guillermo Valencia Reyes busca regresar a su encargo,  sin embrago, un juez federal le negó la protección de la justicia.

 

Valencia Reyes interpuso un amparo en contra del presidente interino,  Sergio Rodríguez Mora, nombrado luego que fue destituido del cargo, pese a que había solicitado licencia. Un juez desechó la queja ante el amparo negado.

 

En la demanda  presentada el 14 de abril, el ex munícipe se amparó contra leyes, reglamentos o disposiciones de carácter general, “el acuerdo de 12/11/2013 mediante el cual turnó a las comisiones de Gobernación y puntos constitucionales, el informe de cabildo y otros”, fue el eje de su demanda.

 

El juez de la causa desechó la demanda con base al artículo 61 de la Ley de Amparo, el cual no procede en contra de las reformas constitucionales, y en temas de remoción o suspensión de funcionarios públicos.

 

“Improcedente el amparo de conformidad con el artículo 61, fracción VII  de la Ley de Amparo”, fue el dictamen del juez Noveno de Distrito del Estado de Michoacán.

 

Sin embargo, Valencia Reyes sigue insistiendo en su querella, y presentó una queja la cual le fue aceptada a trámite el 20 de mayo por el Tribunal Colegiado, en turno, en contra de la resolución del juez de Distrito y de la cual ya hay una notificación definitiva.

 

Como se recordará el ex alcalde acusó al cabildo  de violar su derecho como edil, luego de que fue rechazada su  petición para separarse del cargo sólo por 60 días.

 

Semanas después de esto, el Congreso de Michoacán desconoció oficialmente al priista Valencia Reyes como alcalde constitucional del municipio de Tepalcatepec, con una votación abrumante  de 30 diputados  a favor, uno en contra y una abstención.

 

En mayo pasado Reyes Valencia, abandonó el país, ante una presunta persecución política en su contra por parte de las autoridades federales, además de las supuestas amenazas de muerte por líderes de las autodefensas en Tierra Caliente.

 

Cabe destacar que la fracción VII del artículo 61, dice: Improcedencia (del amparo) “Contra las resoluciones o declaraciones del Congreso Federal…en declaración de procedencia y en juicio político, así como en elección, suspensión o remoción de funcionarios en los casos en que las Constituciones correspondientes les confieran la facultad de resolver soberana o discrecionalmente”.

 

Otro personaje de la política michoacana que sigue buscando la protección de la justicia federal es José Jesús Reyna, ex Gobernador interino de la entidad, y  quien presentó un recurso de revisión que le fue admitido por un Tribunal Colegiado, por el sobreseimiento del emparo que tramitó durante su arraigo en contra de actos privativos de la libertad.

 

“Visto el escrito de cuenta firmado por la parte quejosa mediante el cual interpone recurso de revisión en contra del proveído que sobreseyó fuera de audiencia en el juicio…Remítase al tribunal colegiado en materia penal del primer circuito en turno, el juicio de amparo, el escrito de agravios y una copia, para la sustanciación del recurso de revisión…” se informó a través de las listas de acuerdos sobre el amparo 331/2014.