Para prevenir actos de corrupción, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) dispuso de nuevas reglas para controlar y supervisar las contrataciones públicas, y donde se establece la obligación a sus servidores públicos para denunciar malos manejos, y aplicar sanciones tanto a funcionarios como a empresa privadas.

 

El CJF publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General del Pleno 16/2014 para instrumentar internamente la aplicación de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y el cual entra en vigor este viernes.

 

A través de este nuevo código se otorgan  atribuciones a la Contraloría del Poder Judicial de la Federación para que, a través de la Dirección General de Responsabilidades, inicie investigaciones por irregularidades en contrataciones públicas que le sean denunciadas de manera electrónica o impresa, o que le ordene el Pleno del CJF.

 

Asimismo los  servidores públicos quedan obligados a denunciar por escrito y de manera inmediata las posibles infracciones que sean de su conocimiento, en la materia que genera el acuerdo, y establece que de no hacerlo es causal de responsabilidad.

 

“De esta manera, el CJF guarda la firme convicción de que es necesario reconocer la corresponsabilidad que existe entre los sectores público y privado, con motivo de todo acto de corrupción que pueda cometerse en el campo de las contrataciones públicas a su cargo, por lo que es necesario instrumentar la aplicación de ese ordenamiento dentro de su propia realidad institucional”, se informó a través de un comunicado.

 

El Consejo de la Judicatura Federal tiene la facultad de emitir las bases para que las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de la obra que realice el PJF, se ajusten plenamente a los principios constitucionales, con excepción de lo que corresponde a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

 

También  cuenta con la competencia para aplicar la Ley mencionada y dictar las disposiciones administrativas necesarias para su adecuado cumplimiento en las contrataciones públicas a su cargo.

 

Por ello, la fase de investigación deberá iniciarse en un plazo no mayor de seis meses,  tiempo en que la Contraloría conocerá de las presuntas infracciones e iniciará las indagatorias correspondientes y disposiciones aplicables  por denuncia impresa o electrónica y de oficio.