Los tratados internacionales en materia de derechos humanos a los que México está suscrito, los reglamentos en materia de salud penitenciaria, ley de ejecución de sanciones penales, así como los artículos de la Constitución sobre garantías individuales, son la base de la defensa de Elba Esther Gordillo Morales para solicitar el arresto domiciliario y enfrente su proceso en su hogar.

 

Al cumplir sus 70 años de edad, puede hacerse acreedora del beneficio penitenciario sí lo solicita formalmente ante el juez del proceso, otra causante de beneficio es su precario estado de salud, que se ha recrudecido en los años que la ex líder magisterial ha estado en reclusión, púes sus padecimientos se han incrementado.

 

De acuerdo con estos dictámenes la ex dirigente ministerial pertenece a uno de los grupos vulnerables más representativos y protegidos por diversas leyes, el de la tercera edad, que está ampliamente reconocido por: el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el Protocolo de San Salvador, las Reglas de Bangkok, la Carta Internacional las Naciones Unidas, entre otras.

 

Estos tratados, establecen que cuando haya situaciones que pongan en riesgo la vida de las personas, y se vuelva irracional la medida de prisión, es imperioso, inevitable, y obligación del estado Mexicano, el preservar la salud de los internos.

 

Inclusive el artículo 55 del Código Penal Federal ordena: “cuando la orden de aprehensión se dicte en contra de una persona mayor de 70 años de edad, el juez podrá ordenar que la prisión preventiva se lleve a cabo en el domicilio del indiciado bajo las medidas de seguridad que procedan de acuerdo con la representación social.

 

No gozaran de esta prerrogativa quienes a criterio del juez puedan sustraerse de la acción de la justicia o manifiesten una conducta que revele su peligrosidad social, ni los inculpados por las conductas previstas en la ley general para prevenir y sancionar los delitos en materia de secuestro,… En todo caso la valoración por parte del juez se apoyara en dictámenes de peritos”, ordena la Ley.

 

Mientras que la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en sus artículos 5, 9 y 18, en su fracción III establece:

 

“III. El acceso a la atención médica a las personas adultas mayores en las clínicas y hospitales, con el establecimiento de áreas geriátricas en las unidades médicas de segundo y tercer nivel públicas y privadas. Las especialidades médicas encargadas de la atención de la salud de las personas adultas mayores, son la Geriatría y la Gerontología;..” dice.

 

El incidente de prisión preventiva domiciliaria y de atención preferente para la salud fue presentado ante los jueces 6 y 14 de Procedimientos Penales Federales, quienes tienen tres días para darle vista a las partes, en éste caso el MP Federal, y cinco para presentación de pruebas, y un tiempo indefinido para la resolución.

 

Cabe recordar que el pasado siete de enero el Juez Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales emitió un acuerdo por el cual se reconocía que Gordillo Morales debería ser considerada una persona de la tercera edad.

 

Con ello, hay un reconocimiento judicial de que Gordillo Morales es una persona de la tercera edad, y aunado a su estado de salud, las diligencias judiciales dentro de su proceso deben de ser a través de circuito cerrado de televisión, por ello no podrá ser trasladada del lugar a donde se encuentra en tratamiento en la Torre Médica del Reclusorio Femenil de Tepepan en el DF.

 

La determinación judicial fue con base a Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, así como los tratados internacionales a los que México está suscrito, como los emitidos por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos que plantea diversos lineamientos judiciales y para la reclusión de acusados de edad avanzada.

 

Dicho acuerdo emitido por el juez con sede con sede en el Reclusorio Preventivo Oriente, Alejandro Caballero Vertiz refiere que en beneficio de su salud física, las diligencias procesales en contra de la ex líder magisterial se realizarán a través de videoconferencias.

 

Como se recordará el 26 de febrero de 2013 Gordillo Morales fue detenida en el Aeropuerto de Toluca, posteriormente fue traslada al penal femenil de Santa Martha Acatitla, y debido a su estado de salud ingresó a la Torre Médica del Tepepan.

 

Actualmente Gordillo Morales enfrenta procesos por delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita, y otro proceso por evasión fiscal.