Las situaciones que trastornen la personalidad del individuo son motivo suficiente para otorgar el divorcio, aunque una de las partes se oponga, así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Se trata de la contradicción de tesis 73/2014 sobre los códigos civil y familiar de Morelos y Veracruz, respectivamente, que ordenan que cuando sólo una las partes solicite el divorcio se deberán comprobar las causales de la separación, de lo contrario ésta no procederá.
Con una mayoría de votos, los ministros de la Primera Sala determinaron que es imperante el divorcio, aún sin comprobar las causales de la disolución del matrimonio, cuando una de las partes está en riesgo y se inhiba el desarrollo de su personalidad.
Tratándose de divorcio necesario, el régimen de disolución del matrimonio contemplado en las citadas legislaciones al exigir la acreditación de causales, vulnera el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
En las leyes mexicanas este precepto es un derecho fundamental que permite a los individuos elegir y realizar los planes de vida que estimen convenientes, y los límites externos sólo deben ser aquellos que ordenan los reglamentos sobre el riesgo para otras personas y las instituciones.
Por ello, el régimen de disolución del matrimonio de Código Familiar Morelos y Código Civil Veracruz que exigen la acreditación de causales cuando no existe mutuo consentimiento, son inconstitucionales y deben ser modificados.
Razón por la cual, los jueces de esas entidades federativas no pueden condicionar el otorgamiento del divorcio a la prueba de alguna causal, de tal manera que para decretar la disolución del matrimonio basta con que uno de los cónyuges lo solicite sin necesidad de expresar motivo alguno.
No obstante, el divorcio sin la existencia de cónyuge culpable no desconoce la necesidad de resolver las cuestiones familiares relacionadas al otorgar la separación, como pudieran ser la guarda y custodia de los hijos, el régimen de convivencia con el padre no custodio, los alimentos o alguna otra cuestión semejante.