Para el coordinador nacional antisecuestro, Renato Sales Heredia, el populismo penal o “demagogia punitiva” es una práctica común en nuestro país que ha impedido que la incidencia delictiva, en referencia al secuestro, se atienda de fondo y efectivamente.

 

Así lo indicó como parte de su ponencia en el Seminario sobre Violencia y Paz “El secuestro en México: corte de caja”, el cual fue organizado por el Colegio de México, en donde planteó como ejemplos de ese populismo la confusión generada por el concepto de “secuestro exprés”; así como el aumento en la condena de acusados de plagio, pues acusó que sólo se atiende el problema desde la percepción y no de raíz.

 

Aunque resaltó que actualmente el delito de secuestro está tipificado de la misma forma en todo el país, el tipo penal que tiene que ver con la sanción al delito de secuestro exprés resulta sumamente confuso, tal y como lo plantea el Artículo 9 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en materia de Secuestro.

 

“Hay uno (tipo de secuestro) en particular al que nos opusimos que se redactara tal y como se redactó porque no solo no ayuda sino confunde para la ubicación de una conducta ilícita, porque un delito es un instrumento conceptual para ubicar una conducta prohibida por la Ley, y nos debe ayudar a tener claridad sobre qué se está persiguiendo, claridad para el operador jurídico y claridad para el ciudadano, quien debe saber qué se sanciona y qué no”, señaló.

 

En su discurso, el zar antisecuestro citó textual el inciso “D” de dicho artículo el cual refiere: “Cometer secuestro exprés, desde el momento mismo de su realización, entendiéndose por éste, el que, para ejecutar los delitos de robo o extorsión, prive de la libertad a otro. Lo anterior, con independencia de las demás sanciones que conforme a esta Ley le correspondan por otros delitos que de su conducta resulten”.

 

Tras lo cual, Sales Heredia refutó al señalar “¿está claro esto?, está absolutamente confuso, e indicó como ejemplo que si una persona aplica una llave china a otra para quitarle su cartera, la priva de su libertad por unos minutos en lo que resulta un robo agravado, no un secuestro, por lo cual urgió en modificar dicho concepto desde la Ley.

 

“Por qué nace este tipo penal, nace por ahí del año 2000-2001, se llama populismo penal, demagogia punitiva con la que se responde mediáticamente, lo mismo pasó cuando se incrementó la pena de prisión por el delito de secuestro”, dijo al indicar que una pena de 70 años de prisión a los sentenciados por privación ilegal de la libertad es una condena suficiente.

 

“Es esta una tragedia de nuestro país, el populismo penal, la reacción demagógica a la percepción de inseguridad, porque se enfoca a la percepción y no atiende la raíz del problema”, refirió el coordinador.