Las denuncias contra periodistas interpuestas por tres miembros de la sección 22 de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) y apoyadas por la instancia gremial, son un acto para inhibir la labor de la prensa, según la organización Artículo 19. Los maestros son funcionarios públicos y como tales sus actos y ellos mismos son sujetos de escrutinio, consideraron defensores.

 

Según lo que el 9 de julio alegó la abogada Flor Helena Candelaria Pérez al interponer la demanda, la prensa ha ocasionado que la sociedad tenga “estereotipos” y una “expectativa” de que los líderes y dirigentes de la disidencia magisterial son “criminales”, lo que ha generado “situaciones de agresión” de las cuales los hacen responsables.

 

Los profesores demandantes fueron relacionados con la toma de las instalaciones del Instituto Nacional Electoral el pasado 2 de junio y la expulsión de los soldados que las protegían; también habrían participado en el robo de casillas y la quema de papelería electoral durante las elecciones del 7 de junio.

 

Norma Cleyver Cruz Vásquez, Othón Nazariega Segura y María del Carmen López Vásquez pretenden que 11 periodistas y seis medios de comunicación les paguen por el supuesto daño patrimonial y moral que les causó la difusión de esta información.

 

Leopoldo Maldonado Gutiérrez, oficial del programa legal de Artículo 19, explicó que las demandas son por daño moral por lo cual no puede existir una sanción de cárcel.

 

“Muchas veces estas demandas se utilizan para inhibir el flujo de información y para generar un efecto disuasivo en quienes están comunicando eventos de interés público. Es preocupante porque lo que hace falta es más información de actores no sólo del Estado sino con proyección pública como los sindicatos”, mencionó.

 

Funcionarios públicos

 

En ello coincidió el abogado y defensor de periodistas David Peña, de la Liga de Abogados Democráticos, al señalar que los profesores son funcionarios cuyo salario se paga con recursos públicos por lo cual son sujetos de un mayor escrutinio tanto de las acciones que llevan a cabo en público como lo que hacen con los recursos que se les entregan.

 

Siempre y cuando lo que se escriba o se diga de ellos tenga que ver con su actuación como funcionarios públicos o líderes sociales, no con su vida privada, entonces están sometidos a una menor protección de su derecho al honor y a la propia imagen.

 

“En las notas sobre el conflicto magisterial y sobre las acciones que estaban realizando integrantes de la Sección 22, no se desprende que hubiera una imputación sobre la comisión de algún delito, los medios reportaban los actos que se realizaban en Oaxaca como acciones de protesta. Esa es una labor reconocida por la Constitución y protegida internacionalmente, porque su encomienda (de los medios) es difundir la información y acercarla a la sociedad”, comentó.

 

El problema de las demandas civiles es que pretenden el resarcimiento económico del daño, por lo cual un periodista que pierda la demanda podría verse obligado a escoger entre pagar una multa millonaria o pasar tiempo en la cárcel, aseguró.

 

En México, once entidades aún criminalizan la labor periodística al mantener vigente la existencia de delitos contra el honor en sus códigos penales, de acuerdo con un análisis de la organización en defensa de la libertad de expresión Artículo 19.

 

Actualmente Baja California Sur, Baja California Norte, Sonora, Nuevo León, Zacatecas, Nayarit, Guanajuato, Colima, Tlaxcala, Hidalgo, Tabasco, Campeche y Yucatán son los estados que mantienen en sus códigos penales delitos como la difamación, calumnia y/o injurias, señala un informe de la organización actualizado a julio de 2014.
De hecho, hasta 2013 Artículo XIX tenía reportado que se habían presentado seis denuncias por difamación, cinco de ellas en Tlaxcala e, incluso, de 2009 a 2012 documentó 13 denuncias por delitos contra la honra, de las cuales seis se presentaron en el Distrito Federal; doce de ellas fueron interpuestas por funcionarios públicos.