A partir del fallo histórico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Secretaría de Salud deberá entregar el permiso para que cuatro personas puedan sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar mariguana, pero sólo lo necesario para el consumo personal sin incurrir en un delito federal como ocurre actualmente.

 

Esta resolución solamente beneficia a los cuatro integrantes del colectivo Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante (SMART) que promovieron un amparo, lo cual implica que quien no esté amparado incurrirá en un delito si cultiva su propia mariguana. También sigue vigente la prohibición para comercializar la planta.

 

Para los activistas, lo que procede es seguir la ruta jurídica e impulsar a través del Poder Legislativo las iniciativas de ley que no han sido discutidas. Por ejemplo, existen cuatro que han sido presentadas ante la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, dos ante la Cámara de Diputados y una más ante el Senado de la República.

 

“El efecto más importante, que no es el promover el consumo, sino instar a los poderes Legislativo y Ejecutivo. Lo que procede es rescatar esas iniciativas que están dormidas, para entrar en una política de normalidad. No se trata de invitar a la ciudad a que se una para aprobar el amparo. Una malhecha y presentada puede hacer una jurisprudencia en contra”, señaló el abogado Fabián Aguinaco.

 

Algunas de estas iniciativas proponen, por ejemplo, reconocer las cualidades terapéuticas de la mariguana y la amapola, e incluso, regular el establecimiento de los llamados clubes canábicos, para consumir en éstos la hierba. De acuerdo con Lisa Sánchez, integrante de SMART, hay propuestas de los partidos Revolucionario Institucional, Acción Nacional y de la Revolución Democrática.

 

¿Qué aprobó la Corte?

 

Los ministros de la Primera Sala concedieron el amparo con cuatro votos a favor (mayoría calificada), con lo cual dicha determinación podrá ser tomada en cuenta por otros jueces de Distrito para resolver en casos similares. También servirá para sentar jurisprudencia, lo que quiere decir que si la Corte resuelve favorablemente en otros cuatro casos más, podrá declarar la inconstitucionalidad general de la prohibición del consumo de la mariguana.

 

En la práctica, el amparo aceptado por la Corte quedará inoperante, pues aún no se han resuelto los mecanismos para que los cuatro quejosos (Josefina Ricaño Bandala, Armando Santacruz González, José Pablo Giravit Ruiz y Juan Francisco Torres Landa Ruffo) obtengan las semillas de mariguana para plantarlas, pues su adquisición continúa siendo ilegal.

 

De acuerdo con Torres Landa será responsabilidad de la Cofepris y del Poder Legislativo encontrar y legislar los mecanismos para cumplimentar la orden de la Corte. En los próximos días la autoridad sanitaria será notificada de su obligación de entregar los permisos necesarios a los cuatro quejosos para que puedan consumir mariguana.

 

Las semillas

 

Existen dos opciones legales para que pudieran allegarse de las semillas: que la Cofepris emitiera un permiso especial para importarlas de países donde la mariguana es legal (como Washington D.C. o Colorado, Estados Unidos); o aprovechar los cultivos de la UNAM –que tiene un permiso especial para usar la mariguana en tareas de investigación–, con el fin de que la institución los proveyera de las semillas para sembrarlas.

 

Además, el juez de Distrito podrá dictar las medidas que considere necesarias para cumplimentar la orden de la Corte.

 

Xavier Rodríguez