El juzgado encargado del proceso de Oceanografía aprobó el convenio propuesto por la mayoría de los acreedores de la compañía, el cual fue presentado el pasado 4 de enero.
De acuerdo con la resolución, el acuerdo satisface los requisitos previstos en el artículo 262 y Capítulo Único del Título Quinto, de la Ley de Concursos Mercantiles, y no contraviene disposiciones de orden público e interés social, el cual fue suscrito por la concursada y los acreedores reconocidos.
Asimismo, obliga a cumplir el acuerdo a la comerciante, a todos los acreedores reconocidos comunes; a todos los acreedores reconocidos subordinados; a los acreedores reconocidos con garantía real o privilegio especial que lo hayan suscrito, y a los acreedores reconocidos con garantía real o privilegio especial para los cuales el convenio haya previsto el pago de sus créditos.
Esto, a la totalidad de los acreedores reconocidos, con el grado de comunes, subordinados, con garantías reales, incluyendo a quienes no lo firmaron.
También declara concluido el procedimiento de concurso mercantil de la comerciante, así como la vigencia de las medidas o providencias precautorias dictadas en el procedimiento mercantil, una vez que la presente resolución cause ejecutoria.
“Dicho convenio y esta sentencia que lo aprueba, constituirán el único documento que rija las obligaciones a cargo de la concursada con respecto a los créditos reconocidos”, afirma la sentencia.
Asimismo, y sin perjuicio de lo determinado en los numerales citados, al existir incidentes y acciones separatorias pendientes de resolver, deberán llevarse a su conclusión, según lo que en derecho proceda.
“Con la sentencia cesarán en sus funciones los órganos del concurso mercantil. Por lo que en su momento se ordenará al conciliador la cancelación de las inscripciones que con motivo del concurso mercantil se hayan realizado en los registros públicos”, expone la resolución.