La Secretaría de Educación Pública (SEP) emitió este lunes el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de su Reglamento Interior, con el fin de hacer más eficiente y transparente su funcionamiento.
El Reglamento Interior de la dependencia federal no genera impacto presupuestal y otorgará herramientas a las distintas unidades administrativas que la conforman para cumplir el mandato de garantizar la calidad de la educación.
En el Diario Oficial de la Federación (DOF), dio a conocer que se reforman los artículos 1, 2, 3, 5, 6, 7, 9, 13, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 37, 39, 40, 41, 42, 44, 46, 51 y 52, además de que se adicionan y derogan diversas fracciones de varios artículos del citado reglamento.
La víspera, la SEP indicó que esta reforma, que requirió un cuidadoso trabajo para identificar áreas y procesos de mejora administrativa, es un primer paso en la reorganización de esa dependencia para hacer más eficiente y transparente su funcionamiento.
Entre las modificaciones destacan que la actual Subsecretaría de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas modifica su denominación por la de Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Coordinación, para que su denominación corresponda a las atribuciones que le corresponden.
También se modifica la denominación de la Unidad de Coordinación Ejecutiva para convertirse en Jefatura de Oficina de la Secretaría, a la cual se le añaden facultades en la coordinación de los órganos administrativos desconcentrados y entidades paraestatales sectorizadas.
Además, se eliminan las referencias a los distintos órganos administrativos desconcentrados que, en términos de la reforma correspondiente, fueron adscritos a la Secretaría de Cultura.
Se faculta a la Oficialía Mayor para promover al interior de la SEP los principios de igualdad, equidad de género y no discriminación, mientras que a la Coordinación General de Educación Intercultural y Bilingüe, se le faculta para promover la incorporación del enfoque intercultural en el Sistema Educativo Nacional.
En cuanto a las disposiciones derogadas, la SEP dio a conocer que se anula el artículo correspondiente a la Coordinación Nacional de Carrera Magisterial, cuyas funciones han sido incorporadas a la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente.
Se establecen atribuciones expresas para que las distintas direcciones generales de las Subsecretarías de Educación Básica y de Educación Media Superior realicen ahora las funciones de formación continua, actualización de conocimientos, capacitación y superación profesional de docentes, respecto de los servicios educativos que prestan.
Dichas funciones eran desarrolladas por la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente.
De acuerdo con los ajustes, también se faculta a la Dirección General de Planeación, Programación y Estadística Educativa para que auxilie al subsecretario de Planeación, Evaluación y Coordinación en el diseño de criterios para el uso eficiente de recursos para la infraestructura física educativa.
Además contará con atribuciones para formular opiniones sobre las prioridades, en atención a los objetivos de la reforma educativa, para la integración del anteproyecto de presupuesto que la Oficialía Mayor presente al secretario.
En tanto que la Dirección General de Evaluación de Políticas podrá realizar, en el ámbito federal, las evaluaciones necesarias del Sistema Educativo Nacional que no sean competencia del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE).
A la Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros de la Oficialía Mayor se le encomienda la organización y operación del Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo (FONE).
Se faculta a la Dirección General de Acreditación, Revalidación e Incorporación para otorgar y retirar a las instituciones particulares reconocimientos de validez oficial de estudios para educación superior.
Finalmente la Secretaría de Educación Pública dio a conocer que se crea la Dirección General del Sistema de Información y Gestión Educativa, unidad que se encargará de mejorar, operar y mantener actualizado el Sistema de Información y Gestión Educativa (SIGED).
De acuerdo con el decreto que entrará en vigor mañana martes, los asuntos en trámite que son atendidos por las unidades administrativas que modifican sus atribuciones por el decreto emitido, serán atendidos y resueltos por las unidades administrativas a las que se les otorga la competencia conforme al ordenamiento.
Dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor del decreto, la Secretaría de Educación Pública deberá hacer las modificaciones correspondientes a los acuerdos, manuales y demás disposiciones administrativas conforme a lo previsto en el decreto.
Los recursos humanos, financieros y materiales asignados a las unidades administrativas que modifican su competencia serán reasignados a las unidades administrativas que asumen las correspondientes atribuciones, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
La SEP indicó que las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del decreto deberán cubrirse con cargo al presupuesto aprobado a la SEP en el presente ejercicio fiscal, por lo que cualquier modificación a su estructura orgánica se realizará mediante movimientos compensados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables. DM