Para el abogado y docente José Leonel Andrade Alarcón, el hecho de que un tribunal colegiado le haya negado la suspensión provisional al amparo con el que busca evadir el programa Hoy No Circula, no implica que su recurso legal quede estancado, por el contrario, aseveró que impugnará la medida al considerarla “inconstitucional e ineficaz”.
“Aquí no termina mi amparo, es una suspensión provisional que es revocada, pero el amparo continua. Lo que intentaré acreditar es que este acto (programa Hoy No Circula) es inconstitucional porque no está cumpliendo con las líneas o los objetivos que se persiguen, que sería la diminución de las emisiones contaminantes”, explicó.
En entrevista con 24 HORAS, el profesor en la Facultad de Derecho de la UNAM indicó que aunque él sea respetuoso a la determinación del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, existen elementos suficientes para impugnar.
Andrade Alarcón prevé que para mayo se estaría hablando de una resolución de fondo. En el mejor de los escenarios para él, buscaría una resolución de amparo antes de que termine el programa emergente del Hoy No Circula.
El abogado señaló que su caso busca sentar un precedente ante la posibilidad de que, para junio, las autoridades decidan aplicar un plan “más agresivo”; afirma que, en su lugar, deberían optar por un “plan que sea acorde a la realidad ambiental”.
Este lunes, el Consejo de la Judicatura Federal informó sobre la resolución que dejaba sin efecto los recursos de queja interpuestos por el maestro Alarcón, así como por el notario público Victoriano José Gutiérrez, quienes la semana pasada se habían erigido como las dos únicas personas que habían logrado que un juez les otorgará una suspensión provisional y, con ello, se les permitió la circulación todos los días a sus vehículos con holograma cero o doble cero.
Qué dice el juez
Conceder la suspensión contravendría las disposiciones de orden público y se causarían perjuicios al interés social, pues se causarían daños al medio ambiente y al equilibrio ecológico y, en consecuencia, a la salud de las personas.
Se atenta contra el propósito de conservar y proteger el medio ambiente y mejorar la calidad del aire, además de reducir los impactos negativos sobre la salud pública protegida por el artículo 4 de la Constitución.
Que dicen los quejosos
La norma emergente para intentar contener las emisiones ha sido ineficaz y en su lugar se violenta el derecho a un ambiente sano, consecuencia de las problemáticas paralelas que no son contempladas con la prohibición de la circulación.
Lejos de una solución se han generado problemáticas paralelas de carácter social, de movilidad, la falta de regulación al transporte público que no están contribuyendo a resolver el problema de contaminación.
Está en tela de juicio la política en materia ambiental debido a que no hay garantía de que en el futuro o el corto plazo se tenga un ambiente más limpio.
Postura del juez. Conceder la suspensión contravendría las disposiciones de orden público y se causarían perjuicios al interés social, pues se causarían daños al medio ambiente y al equilibrio ecológico y, en consecuencia, a la salud de las personas.