El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) otorgó las dos primeras concesiones de uso social indígena en México para prestar el servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM).
Una de ellas será para las comunidades indígenas de San Bernardino Tlaxcalancingo y Santa María Zacatepec, en el estado de Puebla, las cuales recibirán una concesión para usar las bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio público de radiodifusión sonora en FM, así como una concesión única, ambas de uso social indígena.
La localidad principal a servir será San Bernardino Tlaxcalancingo, la cual pertenece al pueblo náhuatl de la región centro-poniente del estado de Puebla, ubicada en las faldas de los volcanes Popocatépetl e Iztaccíhuatl.
La segunda autorización corresponde a la transición de un permiso de radiodifusión al régimen de concesión establecido en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) a favor de la comunidad de Santa María Tlahuitoltepec, Mixe, Oaxaca.
La concesión anterior será para usar y aprovechar las bandas de frecuencias del espectro en la prestación del servicio público de radiodifusión sonora en FM de uso social indígena.
“El Instituto reconoce que la existencia de estaciones sociales indígenas representa un reflejo de la pluriculturalidad sustentada originalmente en los pueblos indígenas de nuestro país y su fomento o promoción, permite conservar sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas”, indicó el Ifetel en un comunicado.
El Instituto mencionó que los medios de comunicación indígenas son esenciales para mantener la sobrevivencia de los pueblos originarios de México, pues se erigen como los medios por excelencia para fomentar la identidad cultural y sus valores.
Además, señaló, estos medios fomentan la participación social, cultural y política de los pueblos y comunidades en el debate nacional.
Por otra parte, el Pleno del Instituto autorizó la transición de 22 permisos de radiodifusión al régimen de concesión de la LFTR al otorgar, de manera respectiva, una concesión para usar y aprovechar bandas de frecuencia para el servicio de radiodifusión sonora en AM o FM de uso público.