El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) recordó que este jueves 29 de mayo inicia la veda electoral, con lo que quedan prohibidas las reuniones públicas, debates, asambleas, visitas y todos aquellos actos en que las candidaturas al Poder Judicial local puedan pedir el voto a su favor.
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Al respecto, el Instituto indicó que la veda electoral busca generar condiciones suficientes para que la ciudadanía procese la información recibida durante las campañas y reflexione el sentido de su voto el próximo 1 de junio.
En el primer segundo del jueves 29 de mayo inicia la veda electoral. Las candidaturas de la #EleccionJudicial no podrán realizar ningún acto que busque el voto y no se pueden publicar encuestas electorales. https://t.co/j7eNpWsjDA pic.twitter.com/JIUDPwKvWJ
— IECM (@iecm) May 28, 2025
Además, recordó que el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México establece que las campañas electorales deberán concluir tres días antes de celebrarse la jornada electoral. El día de la jornada electoral y durante los tres días anteriores no se permitirá la celebración ni la difusión de reuniones o actos públicos de campaña, de propaganda o de proselitismo.
Asimismo, el artículo 482 del Código dispone que “Durante los tres días previos a la elección y hasta la hora de cierre de las casillas, queda estrictamente prohibido publicar, difundir o dar a conocer por cualquier medio de comunicación, los resultados de las encuestas o sondeos de opinión, que tengan como fin dar a conocer las preferencias electorales"
¿Cuáles son las sanciones por romper la veda electoral?
La Ley General en Materia de Delitos Electorales contempla de 100 a 200 días de multa, y prisión de 2 a 6 años, a la persona funcionaria partidista o titular de una candidatura que el día de la elección o en el período de veda induzca al electorado a sufragar por alguien o abstenerse de hacerlo. La misma sanción aplicará si se realiza o distribuye propaganda electoral el día de los comicios.

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Por otra parte, señala que se impondrá de 50 a 100 días de multa, y prisión de 6 meses a 3 años, a quien publique o difunda por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos.

Reportero de la sección CDMX en el diario 24 HORAS. Apasionado del periodismo y las buenas historias. Egresado de Comunicación de la FES Acatlán, con experiencia en agencia, diarios y sitios web.