Los extranjeros podrán adquirir propiedades para vivienda en playas y fronteras luego de que el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por 356 votos a favor, 119 en contra y dos abstenciones el dictamen de reforma al Artículo 27 de la Constitución Política.

 

El dictamen, que se turnará al Senado de la República, modifica la prohibición de que los extranjeros adquieran el dominio directo de inmuebles en una franja de 100 kilómetros de las fronteras y de 50 en las costas, siempre que su uso sea con fines residenciales.

 

Con esa modificación se "dará certeza a la inversión extranjera en vivienda, pues existe un número importante de propietarios extranjeros que mediante la figura del fideicomiso poseen inmuebles para residencia plena o retiro en la franja territorial precisada", indica el documento.

 

En el dictamen se explicó que históricamente se ha prohibido a los extranjeros adquirir tierras en la franja de 100 kilómetros en la frontera y de 50 en playas, ya que "por motivos estratégicos militares se consideró un riesgo establecer permanentemente a los extranjeros en las fronteras y las costas".

 

El dictamen expone que dicha prohibición ha dejado de tener vigencia y contenido práctico, pues la suscripción de tratados internacionales dan al país la garantía legal y política en el ámbito del derecho internacional público.

 

Sobre todo, agregó, porque la inversión extranjera en la zona referida no representa un riesgo para el país.

 

El Artículo 27 de la Constitución debe actualizarse a la realidad social y económica, "debido a que las circunstancias que llevaron al Poder Constituyente a limitar que los extranjeros adquirieran tierras y aguas en las fronteras y playas han sido superadas", asevera.

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