Se presentarán las modificaciones al Código Penal y serán votadas en el momento.
Foto: Especial | Se presentarán las modificaciones al Código Penal y serán votadas en el momento.  

La segunda modificación al Código Penal de Puebla en materia de ciberasedio se presentará hoy 10 de julio, con el cambio de verbos en la descripción de las causales de este delito y reducción de la pena mínima de prisión, de 11 a sólo seis meses de encarcelamiento para quien resulte responsable.

De aprobarse estos cambios en el Congreso del estado, dejarían sin efecto la acción de inconstitucionalidad presentada este martes por el Partido Acción Nacional (PAN) ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, indicó Laura Artemisa García Chávez, presidenta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Poder Legislativo.

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“Es un derecho que tienen el poder recurrir a esta instancia; sin embargo, se presentará la modificación y ese mismo día sería votada a favor, por lo que quedaría sin efecto el recurso que interpusieron”, expresó la diputada local.

Respecto a los nuevos cambios al artículo 480 del Código Penal, que ha generado la mayor controversia política, García Chávez indicó que consisten en un ajuste en la redacción que garantiza la libertad de expresión, ya que los funcionarios no podrán denunciar las críticas a su trabajo.

Propuestas completas

Incluye la propuesta de la diputada local por Movimiento Ciudadano (MC), Fedrha Suriano Corrales, así como los planteamientos presentados en los foros ciudadanos y las mesas de trabajo legislativas, realizadas hace dos semanas.

Respecto a la acción de inconstitucionalidad promovida por el académico Luis Enrique

Sánchez Díaz y respaldada por el PAN, Laura Artemisa García Chávez calificó este hecho como una actividad “mediática más que de fondo”.

SE MODIFICA SANCIÓN MÍNIMA

En la segunda reforma al Código Penal que recibirá el Congreso, también se modifica la sanción mínima de prisión.

“A la persona responsable de la conducta descrita en el presente artículo se le impondrá una pena de seis meses a tres años de prisión y multa de 50 a 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente en el momento de la comisión del delito”, se lee en la nueva redacción.

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Y “cuando la víctima sea niña, niño o adolescente, la sanción aumentará una tercera parte de la pena mínima y hasta dos terceras partes de la pena máxima”.

En cuanto a la definición del ciberasedio, se elimina el párrafo que, mediante adjetivos, ejemplificaba el delito: “injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional”.

 

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