La reforma al Código Penal de Puebla entró en vigor ayer y considera el delito de ciberasedio, que castiga con hasta tres años de cárcel por insultar en redes sociales al punto de causar daños psicológicos o físicos.
Dichos cambios, aprobado por el Congreso de la entidad, indican que “comete el delito de ciberasedio quien a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional”.
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El cambio al Código Penal señala que “a la persona responsable de la conducta descrita en el párrafo anterior se le impondrá la pena de 11 meses a tres años de prisión y multa de cincuenta a trescientos días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente en el momento de la comisión del delito. Cuando la víctima sea menor de edad, se presumirá el daño a la dignidad por tratarse de una persona en desarrollo psicoemocional y físico, y la sanción se aumentará desde una tercera parte de la pena mínima, hasta dos terceras partes de la pena máxima”.
También sancionarán el delito de espionaje digital en Puebla
Otro de los puntos de la reforma indica que “comete el delito de espionaje digital la persona que a través del uso de las tecnologías de la información y comunicación, acceda a un equipo o sistema informático sin la autorización de su legítimo titular o propietario a efecto de conocer u obtener sus datos o cualquier tipo de información o documentos personales”.
Con la ley de #Ciberasedio, en el estado de Puebla desde este día:
“Comete el delito de ciberasedio quien a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda,… pic.twitter.com/7PMNoScZPe
— Carlos Torres (@CarlosTorresF_) June 14, 2025
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Por lo que a quien resulte responsable de espionaje digital se “impondrá sanción de uno a tres años de prisión y multa de cincuenta a doscientos cincuenta días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento de la comisión del delito”.