Este jueves la Cámara de Diputados aprobó en Comisiones el dictamen sobre la Ley de Seguridad Interior, en el cual se busca regular la participación de las Fuerzas Armadas en las tareas de seguridad, principalmente las relacionadas en el combate al crimen organizado.

 

La nueva regulación propone en su Capítulo 1, artículo 6, que las Fuerzas Armadas federales puedan implementar acciones para atender oportunamente las amenazas contempladas en la Agenda Nacional de Riesgos, sin necesidad de Declaratoria de protección a la seguridad interior.

 

Las Fuerzas Armadas realizarán las acciones de Seguridad Interior con su organización, medios y adiestramiento y en cada intervención harán rápido conocimiento al Ministerio Público para su oportuna intervención.

 

Al realizar tareas de inteligencia, las autoridades facultadas por esta ley podrán hacer uso de cualquier método lícito de recolección de información.

 

La aplicación de esta Ley corresponderá al Presidente de la República , a través de la Secretaría de Gobernación, según el proyecto y podrá ordenar acciones de contención o intervención por sí o a petición de las legislaturas de las Entidades Federativas, o de su Ejecutivo estatal.

 

En los casos que exista Declaratoria, los gobiernos locales tendrán la obligación de aportar a la autoridad federal toda la información que le sea solicitada.

 

Los legisladores apuntan que la estrategia de erradicación del crimen organizado hace necesaria la efectiva articulación de todas las fuerzas de seguridad con las que cuenta el Estado mexicano en sus tres niveles.

 

Por otra parte, las amenazas se definen como los «fenómenos intencionales generados por el poder de otro Estado, o por agentes no estatales, cuya voluntad hostil y deliberada pone en peligro los intereses permanentes tutelados por la Seguridad Nacional, en parte o en todo el país, y cuestionan la existencia del mismo Estado».

 

Consideran, además, que la Ley de Seguridad Nacional expedida en 2005 ya fue rebasada.

 

Aquí el dictamen

20171130-VI