La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través de la Condusef, advirtió del perjuicio que tendrían los ciudadanos en caso de que el Senado de la República apruebe el dictamen por el que se permite a los empleadores, embargar hasta el 40% del salario de los trabajadores para pagar créditos de nómina que hayan solicitado, y evitar que estos se conviertan en cartera vencida.
La dependencia federal considera que el dictamen, es contrario al principio de progresividad establecido en el artículo 1° Constitucional, en el cual se establece que los derechos no pueden limitarse, restringirse, eliminarse o desconocerse (regresividad) de forma alguna en perjuicio de los ciudadanos.
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Recordaron que el 22 de marzo de 2022, el entonces presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, señaló su desacuerdo con la reforma legal relacionada con el “crédito a la nómina con cobranza delegada”, refiriendo el efecto práctico de embargo al salario de los trabajadores y la posibilidad de que pudiesen apropiarse de la nómina del trabajador, indicando puntualmente que el gobierno no debe prestarse a convalidarlo. La iniciativa quedó suspendida en el mes de marzo de 2023.
“No obstante, desde la presentación del Dictamen en el Senado, hemos planteado consideraciones dirigidas a proteger los intereses de los trabajadores-usuarios de los créditos de nómina con cobranza delegada, que actualmente operan al margen de cualquier disposición”, señaló la Condusef.
Iniciativa para "embargar" salario, lo convierte en una tienda de raya financiera
Destacó que la creación de la libranza con carácter de irrevocable “la convierte prácticamente en una tienda de raya financiera, ya que es una medida que limita totalmente la posibilidad de que los usuarios cambien de institución o tipo de crédito convirtiéndose en una, si éste no resulta conveniente, o bien, encuentran otro esquema de refinanciamiento más benéfico, independientemente de que la diferencia en tasas sea mucha o poca”.
La dependencia refirió que la capacidad de endeudamiento de una persona no debe exceder el 35% de su percepción o ingresos netos, “de ninguna forma sobre sus ingresos ordinarios o brutos. La percepción neta es en realidad el margen estricto de maniobra y de gasto que tienen los ciudadanos para subsistir. Reiteramos que, cuando una persona compromete más allá del 35% de su ingreso neto, tiene un alto riesgo de impago y, como consecuencia, conflictos económicos, familiares y personales, producto de un sobreendeudamiento”.
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Y aclara que serán respetuosos de las decisiones del Poder Legislativo, “pero debemos señalar con claridad los serios inconvenientes y posibles afectaciones a la economía de los trabajadores, de autorizarse un esquema legal que, si bien regula, no lo hace de forma equitativa y salvaguardando el interés primordial de los usuarios de servicios financieros, en este caso la economía familiar de los trabajadores”.
En este contexto, las comisiones unidas de Hacienda y Estudios Legislativos del Senado programada para esta tarde y en la que pretendían aprobar dicha iniciativa se canceló, “hasta nuevo aviso”.