La Suprema Corte confirmó la validez del nuevo diseño institucional en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales, al determinar que es acorde con el régimen constitucional de competencias de los municipios.
SCJN valida artículos
El Pleno analizó impugnaciones promovidas por los municipios de San Nicolás de los Garza, Nuevo León; San Juan de los Lagos, Jalisco; Irapuato y Guanajuato, Guanajuato; Aguascalientes, Aguascalientes; y Hermosillo, Sonora, así como por la Alcaldía Miguel Hidalgo en la Ciudad de México, en contra de diversas normas de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
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De manera específica, la Corte validó el artículo 3, fracciones IV y V de dicha ley, que definen a las autoridades garantes y a las autoridades garantes locales como los órganos de contraloría u homólogos del Poder Ejecutivo de las entidades federativas, encargados de conocer los asuntos de transparencia de los municipios, sin incluir a los órganos internos de control municipales dentro de este catálogo.
La Suprema Corte concluyó que las autoridades garantes ejercen una función revisora y no decisoria, por lo que los municipios conservan íntegramente su facultad de decisión como sujetos obligados.

En consecuencia, la intervención de órganos de control estatales o de instancias especializadas para resolver recursos y procedimientos en materia de transparencia, no sustituye la capacidad de decisión de los ayuntamientos ni configura una autoridad intermedia que vulnere el artículo 115 de la Constitución.
El Máximo Tribunal sostuvo que el nuevo diseño normativo responde a la reforma constitucional en materia de simplificación orgánica, publicada el 20 de diciembre de 2024, mediante la cual se modificó el modelo institucional de garantía del derecho de acceso a la información pública y protección de datos personales, al concentrar la función revisora en órganos especializados de control interno, bajo criterios de racionalidad institucional y eliminación de duplicidades funcionales.
