La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) recordó que el próximo 30 de mayo es la fecha límite para recibir tus utilidades si es que trabajas en una empresa.
Afirmó que se trata de un derecho, por lo que llamó a los trabajadores a levantar sus quejas en caso de que no reciban este derecho.
También te puede interesar: Coparmex pide una educación con calidad
Señaló que es uno de los derechos fundamentales establecidos en el Artículo 123 de la Constitución y en la Ley Federal del Trabajo.
Explicó que este derecho consiste en recibir una parte de las ganancias obtenidas por la empresa o el patrón por la actividad productiva o los servicios ofrecidos durante el año anterior.

“Este reconocimiento es una muestra del valor que tiene tu labor en la generación de ingresos para las empresas”, indicó la Profedet.
Las fechas establecidas para el reparto de utilidades en 2025 de acuerdo con lo establecido en la ley son: Del 1 de abril al 30 de mayo, si trabajas para una empresa y del 1 de mayo al 29 de junio, si trabajas para una persona física.
Precisó que quienes tienen derecho a estas bonificaciones son las personas trabajadoras activas. También extrabajadoras y extrabajadores, de planta o eventuales, que hayan laborado al menos 60 días en el año. Incluso personas con incapacidad temporal; Madres trabajadoras en licencia de maternidad.
Abundó que también padres que hayan hecho uso del permiso de paternidad. “El monto se calcula en dos partes: una en función de los días trabajados y otra con base en los salarios percibidos durante el año”.
