La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respondió a la Presidenta y el Tribunal Electoral, al conceder la suspensión de actividades del Comité Evaluador de aspirantes a la elección judicial del 1 de junio.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respondió a la Presidenta Claudia Sheinbaum y el Tribunal Electoral, al conceder la suspensión de actividades del Comité Evaluador de aspirantes a la elección judicial del 1 de junio.

Este viernes, luego de que Sheinbaum Pardo y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) señalaran que el Supremo Mexicano no cuenta con atribuciones en materia electoral, éste otorgó la medida ordenada desde el 20 de diciembre por un juez federal a los 3 Poderes, y que sólo fue acatada por el Judicial.

Lo anterior, debido a que el Comité del dicho Poder se dijo impedido ante las “resoluciones aparentemente contradictorias” dictadas tanto por el juez y del TEPJF, de continuar con el mismo en menos de 24 horas, por lo que pidió la intervención de la Corte.

Ante ello, la Suprema Corte determinó este 24 de enero admitir a trámite la solicitud presentada por el titular del Comité, el magistrado Wilfrido Castañón León, y la turnó a la ponencia del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, para presentar ante el Pleno un proyecto de resolución, según el expediente 1/2025.

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Sheinbaum considera absurdo el proceder de la corte en elección judicial

Esto se da, a horas de que la mandataria mexicana considerara “absurdo” el proceder de la Corte, al dar inicio al proceso electoral judicial y a medio camino, pararlo.

“A nosotros nos parece realmente absurdo (…) Abren la convocatoria, nombran a su comité, ponen reglas, porque los amparos supuestamente ya venían, ¿no? Y a la mitad del proceso, lo cierran”, subrayó Sheinbaum Pardo este viernes.

Lo anterior, al pedírsele su opinión sobre la decisión el Comité de Evaluación del Judicial de esperar a que sea la Corte la que decida sobre la orden que le dio la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial (TEPFJ) de reactivar la revisión de los aspirantes a la elección judicial.

A dicho respecto, Sheinbaum Pardo destacó que son algunos ministros y ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación los que se han opuesto a que no salga la elección, pero subrayó que “en agosto ya se van”.

Paralelamente llamó al Tribunal Electoral a salvaguardar los derechos de quienes se inscribieron al proceso ante el Judicial.

“Hay que resguardar los derechos de quienes se inscribieron, ya el TEPJF qué procede en caso de esta negativa”, enfatizó.

El 23 de enero, el Comité de Evaluación del Judicial solicitó al Supremo Mexicano que fije la postura con respecto a qué determinación debe acogerse, si al amparo que le ordenó suspender labores, o a la sentencia del Tribunal para reactivar las labores.

La presidenta Sheinbaum celebró respecto a la elección judicial

Ayer, la Presidenta celebró que el TEJPF se impusiera a la Corte con respecto al proceso electoral judicial.

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“La Sala Superior le dice ‘Corte, no tienes razón en parar tu proceso, tienes que continuar urgentemente, tienes hasta el 31 de enero para terminar. Para que pueda proceder la elección. Y a mí me parece bien porque es lo que corresponde respecto a la Constitución”, destacó la titular del Ejecutivo.

A su vez, reafirmó que fue una buena decisión del Tribunal porque su mandamiento refleja que se trata de un proceso electoral, en el cual la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no tiene competencia en materia de amparos y/o cualquier otro recurso al respecto.

Antier, la Sala Superior del TEPJF ordenó al Comité de Evaluación del Poder Judicial reanudar, en un plazo no mayor a 24 horas, la selección de candidatos a la elección del 1 de junio, a la par de determinar denunciar ante la Fiscalía General de la República (FGR) al juez de Michoacán que determinó que los 3 Poderes detuvieran sus Comités a través de un amparo (7 de enero).

Ese día los magistrados Felipe Fuentes Barrera, Felipe de la Mata Pizaña y la presidenta de la Sala Superior, Mónica Soto Fregoso del TEJPF determinaron que no procede jurídicamente cumplir con la suspensión debido a que en materia electoral no proceden los amparos.

LDAV

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