Conoce qué trabajadores no podrán disfrutar de un día de Home Office por la inauguración del Mundial, según lo indica el decreto en el DOF.
Foto: Magnific

La inauguración del Mundial de Futbol 2026 programada para el próximo jueves de 11 de junio en la Ciudad de México, sigue causando modificaciones en la vida de diaria de los capitalinos.

Luego de que se confirmara la suspensión de clases en todas las escuelas de educación básica para mejorar las condiciones de movilidad de la ciudad durante el silbatazo iniciar de la justa mundialista, la presidenta Claudia Sheinbaun anunció hoy una nueva instrucción.

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Durante su conferencia mañanera de este martes 9 de junio, reveló que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto en el que se insta a las dependencias de la Administración Pública Federal a implementar Home Office el próximo 11 de junio e instó a las empresas privadas a unirse a la iniciativa.

Lo anterior, con el objeto de contribuir a la movilidad urbana, la seguridad vial, la continuidad de las actividades administrativas y la eficiencia en la prestación del servicio público, indica el documento oficial.

Sin embargo, esta directiva no aplicará para todos los trabajos, pues aquellos denominados como esenciales sí deberán acudir con normalidad a sus centros de trabajo, pero ¿Cuáles son estos trabajos que no tendrán Home Office? Aquí te contamos.

Actividades esenciales

De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los siguientes trabajos no podrán activar el trabajo remoto para desempeñar sus funciones, debido a la naturaleza e importancia de sus actividades.

  • Prestación de servicios de salud, atención médica y emergencias sanitarias.
  • Protección civil y atención de desastres.
  • Funciones de seguridad nacional, seguridad pública y protección ciudadana.
  • Control migratorio y aduanero.
  • Actividades de preservación del orden público.
  • Actividades necesarias para la operación, supervisión, regulación y prestación de servicios estratégicos y de infraestructura crítica.
  • Servicios de transporte terrestre, ferroviario, marítimo y aéreo.
  • Servicios de movilidad y gestión vial.
  • Servicios de telecomunicaciones, suministro de energía eléctrica, hidrocarburos, combustibles, agua potable y saneamiento.
  • Servicios logísticos y de conectividad requeridos para el desarrollo de los eventos asociados a la Copa Mundial de la FIFA 2026.

Asimismo, los encargados de la operación de programas sociales, trámites, servicios públicos prioritarios y de atención directa a la población que no pueda realizarse de manera remota, no disfrutarán del beneficio del Home Office.

En general, los trabajos que por su naturaleza requieran la presencia física del personal para garantizar la continuidad de los servicios públicos, el cumplimiento de las atribuciones institucionales o la atención de situaciones urgentes o extraordinarias no tendrán permitido activar el trabajo remoto.

Cabe resaltar que esta indicación solo aplicará para la Ciudad de México como sede de la inauguración y partidos del Mundial de Futbol 2026.

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¿El sector privado tendrá Home Office?

El decreto publicado en el DOF incluye solo una invitación al sector privado y social de la Ciudad de México, a aplicar el Home Office o modalidades flexibles en todas sus actividades administrativas no esenciales, en términos de los artículos 330-A y 330-G de la Ley Federal del Trabajo (LFT); sin embargo, no lo impone de forma obligatoria.

Por lo anterior, dependerá de cada empleador otorgar o no este beneficio a sus trabajadores.

 

 

 

 

 

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