Trabajadores de la Ciudad de México
Foto: Cuartoscuro | Conoce lo que dice PROFEDET ante una muerte por riesgo de trabajo.  

La Procuraduría Federal para la Defensa del Trabajo (PROFEDET) te brinda asesoría gratuita en caso de un fallecimiento a causa de trabajo a pesar de no contar con Seguro Social.

La seguridad social es una prestación y un derecho por ley para todos los trabajadores mexicanos, no obstante, existen empresas que por alguna u otra razón, no te ofrecen este beneficio laboral.

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También, algunas empresas no registran a sus trabajadores en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y ante esta omisión, es responsabilidad de los patrones hacerse cargo del pago de una indemnización en caso de haber una muerte laboral.

Conoce lo que dice PROFEDET ante una muerte por riesgo de trabajo

De acuerdo con PROFEDET, cuando un trabajador fallece a causa de un riesgo de trabajo y no estaba asegurada ante el IMSS, sus beneficiarios tendrán derecho a recibir dinero de las prestaciones laborales que el patrón le adeudaba a la persona cuando vivía.

De igual manera, el patrón debe ofrecer una indemnización que comprende dos meses de salario para gastos fúnebres y cinco mil días de salario para otros gastos posteriores que puedan ser de gran ayuda para los familiares o dependientes del difunto.

Los interesados tienen dos años a partir del fallecimiento para reclamar este derecho, indica la dependencia federal.

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Cuartoscuro |

Gobierno te respalda

Por lo anterior, la dependencia te ayudará para poder recibir el pago de indemnización; te brindará la asesoría necesaria para llevar los procedimientos legales y te dará representación jurídica gratis.

También, la PROFEDET, además de proporcionar la representación jurídica gratuita, te ayudará a cómo demandar correctamente hasta la resolución del juicio.

Documentos que debes llevar

Para la primera visita con la dependencia para reclamar la prestación, es necesario llevar la documentación correcta como:

  • Identificación oficial de la persona interesada
  • Acta de defunción de la persona trabajadora
  • Últimos recibos de pago de salario de la persona fallecida (preferentemente dos).

De igual manera son válidos otros documentos relacionados con la persona o pruebas físicas que puedan dar información adicional.

Por último, los beneficiarios de la indeminzación pueden ser los hijos menores de edad, el cónyuge, los padres, y los hijos mayores de edad pero que dependían económicamente de la persona difunta.

 

 

 

Redactor web en el diario 24 HORAS. Estudié la licenciatura en Comunicación y Periodismo en la UNAM. Recreador histórico, creador de videos y cineasta en mis ratos libres. Amante de la historia y el...

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