El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por mayoría de votos la remoción de cuatro consejerías electorales del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), derivado de conductas consideradas dentro de las causales graves previstas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
El caso se originó a partir de una queja en la que se señaló que las personas integrantes del Organismo Público Local (OPL) aprobaron la designación de un encargado de despacho del Órgano Interno de Control (OIC) sin contar con atribuciones legales para ello, invadiendo el ámbito competencial del Congreso del Estado.
Al respecto, las consejerías electorales consideraron por mayoría de votos que dicha actuación constituyó una extralimitación de funciones y una invasión al ámbito competencial de otro poder, lo que se ubica dentro de las causales graves de remoción previstas en la normativa electoral, particularmente aquellas relacionadas con la afectación a la independencia de la función electoral y la realización de actos contrarios a las disposiciones legales aplicables.
Al respecto, la presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala, aseveró que, en el caso del OPL de Michoacán, se acreditó una vulneración al principio de legalidad al haber designado, sin competencia, a una persona encargada del OIC, atribución exclusiva del Congreso del Estado. De igual manera, destacó que no se trató de un hecho menor, sino de un acto que se materializó y produjo efectos, afectando la distribución de competencias y la autonomía del órgano de control.
Enfatizó que ni la urgencia ni la temporalidad del nombramiento eximen de responsabilidad, por lo que una actuación fuera del marco normativo sustenta la determinación adoptada por el Consejo General.
En consecuencia, se aprobó la separación inmediata del cargo del consejero presidente Ignacio Hurtado Gómez, así como de las consejerías electorales Juan Adolfo Montiel Hernández, Marlene Arisbe Mendoza Díaz de León y Claudia Marcela Carreño Mendoza. En el caso de Silvia Verónica Mauricio Salazar, se declaró el sobreseimiento al haberse recibido su escrito de renuncia con efectos al 18 de junio.
