Juez que aspiró a la SCJN concedió suspensiones a proveedora para frenar inhabilitaciones a Grupo Pryse, tribunal las revoca.
Especial | Juez que aspiró a la SCJN concedió suspensiones a proveedora para frenar inhabilitaciones a Grupo Pryse, tribunal las revoca.

El juez Gabriel Regis López, titular del Juzgado Décimo Sexto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México y quien participó como candidato en el proceso de elección para integrar la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), concedió dos suspensiones definitivas que impidieron temporalmente la ejecución de inhabilitaciones administrativas impuestas a una empresa contratista del Gobierno federal.

Meses después, ambas resoluciones fueron revocadas por unanimidad por el Décimo Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al considerar que su otorgamiento contravenía una jurisprudencia obligatoria de la SCJN.

Las suspensiones quedaron concedidas dentro del juicio de amparo indirecto 2080/2025, promovido por la empresa Grupo de Seguridad Privada Pryse de México, que de acuerdo con registros públicos de Compras MX, ha celebrado 325 contratos con dependencias del Gobierno federal por un monto superior a 14 mil 467 millones de pesos entre 2017 y 2026.

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Al resolver los recursos de revisión R.A. Inc. 14/2026 y R.A. 189/2026, el tribunal colegiado revocó las interlocutorias emitidas por el juzgado y negó la suspensión definitiva para impedir la ejecución de las inhabilitaciones administrativas impuestas por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y por el Órgano Interno de Control del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Medidas cautelares no podían concederse

Las ejecutorias establecen que las medidas cautelares no podían concederse porque existía una jurisprudencia obligatoria de la Segunda Sala de la Suprema Corte —identificada como 2a./J. 157/2010— que dispone que debe negarse la suspensión cuando su efecto sea impedir la ejecución de una inhabilitación temporal para participar en procedimientos de licitación o celebrar contratos públicos.

Los magistrados señalaron además que conceder ese tipo de suspensiones contraviene disposiciones de orden público relacionadas con el artículo 134 de la Constitución, que obliga a que los recursos públicos se administren con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez. De acuerdo con el tribunal, permitir que una inhabilitación quede sin efectos mediante una medida cautelar afecta los principios constitucionales que rigen las contrataciones públicas.

Las resoluciones quedaron aprobadas por unanimidad por las magistradas Pilar Maciel Aldana Huerta, presidenta del tribunal; Ana Yadira Alarcón Márquez, ponente, y el magistrado Rolando González Licona.

Como consecuencia de las suspensiones concedidas por el Juzgado Décimo Sexto, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y el Órgano Interno de Control del IMSS emitieron diversas circulares en el Diario Oficial de la Federación para comunicar a las dependencias federales la suspensión temporal de la ejecución de las inhabilitaciones y la modificación de sus efectos mientras permanecieran vigentes las medidas cautelares.

La última de esas circulares, publicada el 18 de diciembre de 2025, informó que debía dejarse sin efectos la ejecución de las inhabilitaciones, así como su publicación en el Diario Oficial de la Federación y su registro en la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas mientras subsistiera la suspensión concedida dentro del juicio de amparo.

Tribuna dejó sin efectos las suspensiones al concluir que contrariaban una jurisprudencia obligatoria de la SCJN

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Posteriormente, el Décimo Séptimo Tribunal Colegiado dejó sin efectos ambas suspensiones al concluir que contrariaban una jurisprudencia obligatoria de la Suprema Corte y los principios constitucionales que regulan la contratación pública.

La empresa involucrada en el juicio registra, de acuerdo con información pública de Compras MX, 325 contratos federales por un monto superior a 14 mil 467 millones de pesos, de los cuales 5 mil 543 millones corresponden únicamente a 2025.

Al momento de la consulta realizada para este reportaje, la empresa no aparecía en el directorio público de proveedores sancionados.

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