En medio de acusaciones de casos de corrupción que han quedado impunes, senadores de Morena y de la oposición avalaron en lo general la llamada “muerte civil” para que los servidores públicos y particulares.

Las reformas a la Ley General de Responsabilidades Administrativas y al Código Penal Federal prevén inhabilitar de forma temporal o definitiva a quienes comentan actos irregulares en el manejo de las finanzas públicas.

Dicha inhabilitación impediría a los responsables participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, concesiones de prestación de servicio público o de explotación, aprovechamiento y uso de bienes de dominio de la Federación.

En el caso de la sanción de manera temporal se prevé cuando el monto de la afectación no rebase las 200 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). En el caso de la inhabilitación definitiva se dará cuando se rebase las 200 veces el valor de la UMA.

El senador de Movimiento Ciudadano, Samuel García Sepúlveda, celebró dicha aprobación, pues dijo: “ya no tendrán una segunda oportunidad, ya no queremos más Layines, decir ‘robé, pero robé poquito’, no importa el monto lo que importa es el acto, la ofensa y haber abusado de la confianza de la ciudadanía”.

Mediante un comunicado de prensa, cuestionó que de 12 mil casos de corrupción sólo se han validado 28 y añadió que con esta medida se impedirá a “los corruptos estar en una boleta electoral”.

El Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional también se manifestó a favor de la muerte civil, pues con eso se “salvaguarda los derechos humanos de los ciudadanos”.

Por su parte, la senadora panista Mayuli Martínez indicó que “se trata de una reforma que cambiará la visión de quienes aspiran a ocupar un cargo público, sin duda (…) es un gran avance en materia de combate a la corrupción”.

 

Juzgar al Presidente

Por mayoría, las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales, Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda, aprobaron modificaciones a los artículos 108 y 111 de la Constitución para ampliar los delitos por los cuales el Presidente de la República, diputados y senadores pueden ser juzgados durante su encargo. Dichos ilícitos son: traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales o los señalados en el segundo párrafo del artículo 19 (delincuencia organizada, trata de personas, delitos cometidos con armas o medios violentos), entre otros.

LEG

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