El dictamen a la iniciativa, presentada por el priísta Edgar Romo García, adiciona el Capítulo VI denominado “Del Sistema de Evaluación de Diputados”, y se turnó al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

La Cámara de Diputados aprobó con 358 votos en favor, dos en contra y una abstención reformas a su Reglamento para establecer un Sistema de Evaluación del desempeño del trabajo legislativo, cuyos resultados deberán difundirse permanentemente en su sitio electrónico.

El dictamen a la iniciativa, presentada por el priísta Edgar Romo García, adiciona el Capítulo VI denominado “Del Sistema de Evaluación de Diputados”, y se turnó al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias destaca la congruencia entre este Sistema de Evaluación y la apertura de espacios plurales y representativos, integrados por diputados preocupados porque su quehacer sea sometido al escrutinio y aprobación de los ciudadanos.

Por ello, indica “se institucionaliza un sistema para generar un instrumento para evaluar y medir la labor legislativa”.

El dictamen precisa que la evaluación del desempeño de los trabajos legislativos se deberá realizar mediante elementos que contengan y ponderen todas las actividades y encomiendas que desarrollan los diputados.

Ello de conformidad con los derechos, prerrogativas, facultades, atribuciones y obligaciones previstas en la Constitución Política, la Ley Orgánica del Congreso General, el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General y demás disposiciones aplicables.

El sistema se implementará a través de un Consejo Coordinador que fungirá como órgano colegiado institucional y de participación ciudadana de carácter consultivo, informativo y de colaboración en materia de evaluación legislativa y sus decisiones se aprobarán por consenso.

El Consejo Coordinador se integrará por el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, quien lo encabezará; por un representante de cada grupo parlamentario y de los diputados independientes; por el Secretario General y el Secretario de Servicios Parlamentarios, quien fungirá como secretario técnico.

Asimismo, por los titulares de la Unidad de Transparencia, del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias y del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública.

También hasta cinco representantes de instituciones de educación superior, de organizaciones de la sociedad civil y del sector empresarial, respectivamente, quienes serán asignados por acuerdo de la Junta de Coordinación Política.

La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos acordará por consenso la elección de los integrantes de las instituciones de educación superior, de organizaciones de la sociedad civil y del sector empresarial, los cuales tendrán una participación honorífica en el Consejo por un año, con posibilidad de ser ratificados para periodos subsecuentes.

A excepción del Presidente y del Secretario Técnico, los integrantes del Consejo podrán designar un suplente que cubra su representación en las reuniones a las que no puedan asistir.

Se podrá invitar a personas expertas en materia de evaluaciones y a un representante de la Auditoría Superior de la Federación, así como a personal de instituciones públicas, educativas e investigación, de organismos internacionales y de diversos sectores de la sociedad.

Lo anterior cuando se traten de asuntos relacionados con sus especialidades o cuya experiencia profesional sea útil para que participen emitiendo opiniones.

 

NCG