La Sala Superior del TEPJF confirmó la multa por un millón de pesos que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) impuso al PAN y al PRD, respectivamente, por no haber adecuado, en los plazos señalados, sus documentos básicos y demás reglamentación interna.

 

En sesión pública, el Pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desestimó los argumentos de defensa presentados por los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD), en el sentido de que “sólo se puso en riesgo el bien jurídico tutelado pero no se afectó”.

 

“En el proyecto se propone declarar infundados los agravios”, aprobó el máximo organismo jurisdiccional.

 

Lo infundado radica en que el hecho infractor fue el desacato de los partidos sancionados al eludir el cumplimiento de llevar a cabo la adecuación constitucional y legal de su normativa a la que estaban obligados, por tanto en el proyecto se propone confirmar la resolución impugnada (la sanción)”, añadió.

 

En su sesión realizada el 13 de julio, el pleno del INE aprobó las respectivas multas para cada partido por no haber adecuado sus documentos básicos y reglamentación interna a la reforma electoral de 2014.

 

La sanción original global era de 129 millones de pesos (73 millones y 56 millones de pesos para PAN y PRD, respectivamente) pero durante la discusión del punto el monto se ajustó a la mitad.

 

No obstante, al final quedó en un millón de pesos para cada partido, a pesar de que se consideraba la falta como grave especial.

 

Los 10 partidos políticos nacionales tenían como plazo hasta el 30 de septiembre de 2014 para modificar sus estatutos conforme a la reforma política-electoral.

 

Ante ello, el Consejo General del INE les otorgó a PAN y PRD un plazo de 60 días hábiles realicen las acciones necesarias para actualizar sus estatutos y toda su documentación interna conforme a lo establecido en la ley electoral.

 

 

obo

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