Por segunda ocasión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pospuso el debate sobre si las reparaciones del daño derivados de responsabilidad civil por fallecimiento o incapacidad deben pagarse en Unidad de Medida y Actualización (UMA) o en salarios mínimos.
Sin señalar el motivo, el secretario general de acuerdos, Rafael Coello, indicó que quedarían en lista la discusión de la Contradicción de Criterios 59/2025, por lo que su discusión se podría dar hasta el jueves 4 de diciembre cuando la Corte resuelve ese tipo de asuntos.
A unos días de cerrar su primer periodo de sesiones, se tenía previsto debatir uno de los asuntos más relevantes y de impacto nacional: dejar el cálculo de las indemnizaciones por fallecimientos o incapacidad en salarios mínimos o cambiarlas a Unidad de Medida y Actualización (UMA).
El cambio a UMAS, como lo propone la ministra Lenia Batres, tendría un efecto directo e inmediato en las reparaciones del daño en un monto a la baja, ya sea que sean otorgadas por particulares, aseguradoras o el Estado, lo que es considerado por organizaciones civiles como un grave retroceso en Derechos Humanos.
Corte pospone discusión
La Suprema Corte pospuso la discusión de la Contradicción de Criterios 59/2015, en la que la ministra Batres propone que se quedé como jurisprudencia nacional para observancia de todos los juzgadores que sea la Unidad de Medida y Actualización la utilizada en el cálculo de indemnizaciones por responsabilidad civil el caso de muerte e incapacidad.
De acuerdo con su proyecto, que está disponible para consulta pública, se pretende abandonar el criterio de la extinta Primera Sala que considera que, en la reforma de 2016 sobre la desindexación del salario mínimo, no se estableció una regla absoluta para las reparaciones del daño, por lo que deberían de prevalecer en salarios mínimos.
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La propuesta es dejar vigente la decisión de la Segunda Sala que señala: “la indemnización por muerte debe calcularse con base en la Unidad de Medida y Actualización, en virtud de que el concepto se refiere a una medida de reparación compensatoria, que no tiene una relación directa con la naturaleza del salario, por lo que debe desvincularse del mismo”.
Se requiere de mayoría de cinco votos para este asunto, que, de aprobarse por los ministros, los familiares de víctimas mortales o incapacitados, desde accidentes hasta negligencia médica, recibirán menos recursos. Las reparaciones quedarían en un monto de alrededor de 565 mil pesos en todo el país, frente a 1.3 millones que se podría fijar en salarios mínimos por muerte.
Cronología
Batres, en octubre pasado, presentó su proyecto, pero fue retirado de la sesión en la que se discutiría, porque la ministra dijo que escucharía las preocupaciones de sus pares y las posturas de organizaciones civiles, por lo que elaboraría uno nuevo.
Sin embargo, mes y medio después, propone exactamente el mismo proyecto, buscando imponer un criterio que reduciría en más del 50% las indemnizaciones que reciben las víctimas de accidentes y sus familias.
Organizaciones como la Asociación de Protección a Víctimas de Accidentes señalaron que esperan que los otros ministros voten en contra del proyecto de Lenia Batres, pues de lo contrario se daría un fallo con un histórico retroceso en materia de Derechos Humanos.
La Corte igual dejó para otra sesión la discusión si las personas morales u organizaciones civiles están legitimadas para promover juicio de amparo en materia ambiental, aunque no tengan afectaciones directas. Organizaciones civiles han solicitado audiencia con los ministros.
