Una persona prófuga de la justicia no puede ser candidata a la Presidencia en 2030, advirtió el coordinador de Política y Gobierno, Arturo Zaldívar, ante las aspiraciones presidenciales del exgobernador de Tamaulipas, Francisco Cabeza de Vaca.
En conferencia matutina en Palacio Nacional, el exministro Zaldivar explicó los criterios para la suspensión de derechos político-electorales en un proceso penal.
Al respecto, detalló que el el artículo 38 constitucional establece la suspensión de derechos político-electorales por estar en prisión preventiva.
También por ser condenado a prisión, porque le fueron suspendidos en una sentencia sus derechos, o por ser prófugo de la justicia.
“Si esta persona (Cabeza de Vaca) tiene orden de aprehensión, no ha comparecido al juez y está en otro país, obviamente está sustraído de la acción de la justicia, entonces entraría en el supuesto constitucional de prófugo de la justicia y no podría ser candidato”, indicó.
Una persona también puede ver suspendidos sus derechos políticos-electorales cuando tiene una condena por delitos de índoles sexual o líbre desarrollo.
Así como delitos contra la vida e integridad corporal, violencia familiar, violencia politica de género o por ser deudor alimentario.
Asimismo, aclaró que una denuncia o investigación no suspenden los derechos político-electorales, debido al principio de presunción de inocencia.
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