Durante este viernes, el Diario Oficial de la Federación publicó en su edición vespertina la Ley Nacional de Extinción de Dominio.
Dicha Ley fue aprobada el pasado 25 de julio en la Cámara de Diputados.
Con esta nueva disposición, se pretende mejorar la figura de extinción de dominio y aplicarse sobre aquellos bienes de carácter patrimonial cuya legítima procedencia no pueda acreditarse y sean instrumento, objeto o producto de hechos ilícitos.
Es decir, esta ley permitirá recuperar bienes y recursos al Estado de la delincuencia organizada al ampliar a 245 el numero de delitos susceptibles de su ejecución.
Entre dichos delitos se encuentra la trata de personas, robo de vehículos, secuestro, encubrimiento, enriquecimiento ilícito, extorsión, robo de hidrocarburos, corrupción, delitos contra la salud, entre otros.
La ley establece que la acción de extinción de dominio se ejercitará a través de un proceso jurisdiccional de naturaleza civil, de carácter patrimonial y con prevalencia a la oralidad.
Cabe destacar que con la publicación de Ley Nacional de Extinción de Dominio se abroga Ley Federal y las leyes estatales de Extinción de Dominio.
09_08_2019 Edición Vespertina. Decreto por el que se adiciona un apartado C al artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. https://t.co/KE2gr1L0vz pic.twitter.com/NdI4vio3kp
— Diario Oficial DOF (@DOF_SEGOB) August 9, 2019
Con información de Noticieros Televisa
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