Conocida también como periodo de reflexión, la veda es el tiempo que se otorga a la ciudadanía para que piense sobre sus opciones de voto
Foto: Cuartoscuro | Conocida también como periodo de reflexión, la veda es el tiempo que se otorga a la ciudadanía para que piense sobre sus opciones de voto  

¡Evita alguna sanción económica! Aquí te decimos qué es y cuándo comienza la veda electoral con motivo de la elección judicial.

La elección judicial en México es un proceso nuevo en el país, por lo que los ciudadanos elegirán por primera vez en la historia, a través del voto popular, a los 9 ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como a jueces, magistrados y otros funcionarios judiciales a nivel federal.

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Dichos comicios se llevarán a cabo el próximo 1 de junio, en todo el país; no obstante, en Veracruz y Durango, también se realizarán votaciones para presidentes municipales.

En este sentido, a fin de garantizar un periodo de reflexión libre y sin presiones para los votantes antes de emitir su sufragio, se establece la veda electoral, que a continuación te diremos a qué se refiere este periodo y cuándo comienza.

¿Qué es la veda electoral?

Es un periodo de silencio electoral en el que se prohíbe cualquier tipo de campaña o difusión de propaganda relacionada con las candidaturas judiciales. El objetivo es que los ciudadanos reflexionen su voto de manera libre y sin ningún tipo de presiones o influencias externas.

Restricciones durante la veda

  • Medios de comunicación no pueden difundir entrevistas ni opiniones relacionadas con candidatos
  • No se permite el uso de redes sociales para hacer campaña.
  • Queda prohibido el uso de símbolos o colores alusivos a candidaturas en espacios públicos.
  • Actos públicos de campañas o proselitismo
  • Publicación de encuestas o sondeos
Boletas para la elección judicial
Archivo |

¿Cuándo comienza la veda electoral?

En México, la veda electoral comienza tres días antes de la jornada electoral y termina al cierre de las casillas este próximo 1 de junio. En decir, inicia este 29 de mayo a las 00:00 horas. 

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Tipos de sanciones

La Ley General en Materia de Delitos Electorales establece multas y hasta seis años de cárcel para funcionarios o candidaturas que realicen o distribuyan propaganda durante la jornada electoral.

Lo mismo aplica para quienes divulguen, de manera pública y dolosa, noticias falsas en torno al desarrollo de la jornada o respecto a sus resultados.

¡Toma en cuenta lo anterior y no caigas en desobediencias!

Redactora web en el diario 24 HORAS. He realizado cobertura de eventos, entrevistas, redacción de textos.

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