Gracias a la SCJN, jueces del país ya puedan ordenar a los servicios de Salud la práctica de abortos voluntarios mediante juicio de amparo.
Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que los juzgadores del país puedan ordenar a los servicios de Salud la práctica de abortos voluntarios mediante juicio de amparo.

Durante la sesión de este lunes, la mayoría de ministros aprobó fijar una jurisprudencia para que en los estados donde está despenalizada la interrupción del embarazo, los jueces puedan otorgar amparos con efectos generales para garantizar ese servicio enas instituciones de Salud.

En los estados en los que el aborto está penalizado, la Corte determinó que se puede acudir al juicio de amparo, pero la protección de la justicia solo tendrá efectos para quien demande el servicio.

Otra de las determinaciones es que personas con posibilidad de gestar, aunque no estén embarazadas, puedan solicitar amparos cuando las autoridades no garanticen ni difundan los servicios de aborto voluntario en instituciones públicos en los estados que ya está despenalizado.

El asunto deriva de una contradicción de criterios entre dos sentencias que avalaron juzgadores de Campeche y Durango en las que se demandó al Ejecutivo de cada una por no garantizar ni difundir el derecho a una interrupción legal de embarazo.

La Corte determinó que el criterio que debe prevalecer es que los jueces de amparo sí pueden otorgar la protección dea justicia a mujeres o personas con capacidad de gestar para que el Estado garantice la práctica de abortos voluntarios y difunda esos derechos.

De acuerdo con el Alto Tribunal, "se determinó que, a través del juicio de amparo, se pueden ordenar acciones concretas para que las autoridades de salud garanticen servicios accesibles, seguros y sin discriminación en los estados donde ya está despenalizado".

El Pleno consideró que las sentencias de amparo, se pueden incluir medidas generales para eliminar barreras que impiden ejercer el derecho a decidir, por lo que cuando se promueven juicios a través del interés legítimo, se pueden ordenar medidas con efectos más amplios y no solo para el demandante.

"En consecuencia. las resoluciones podrán beneficiar también a otras mujeres y personas gestantes que enfrenten condiciones similares", manifestó .

Reportero de la sección México en el diario 24 HORAS. Con 19 años de experiencia en medios de comunicación, con énfasis en periodismo de investigación, transparencia, cobertura de temas electorales...