Auditoría Superior de Guerrero carece de facultades para revisar el ejercicio de fondos federales: SCJN libró a Abelina López.
Cuartoscuro | Auditoría Superior de Guerrero carece de facultades para revisar el ejercicio de fondos federales: SCJN libró a Abelina López.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Auditoría Superior del Estado de Guerrero carece de facultades para revisar el ejercicio de fondos federales, con lo que libró a Abelina López, alcaldesa con licencia de Acapulco y aspirante a la gubernatura de Guerrero de una revisión por presuntos anomalías por más de 800 millones de pesos.

Durante la sesión de este lunes, la mayoría de ministros indicaron que la facultad de investigar el gasto con presupuesto federal le corresponde en exclusiva a la Auditoría Superior de la Federación (ASF).

La controversia surgió porque el órgano fiscalizador local buscaba revisar 898 millones 633 mil 453 pesos que recibió del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FAISMUN).

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El Alto Tribunal determinó que la fiscalización del ejercicio de recursos federales transferidos a los municipios corresponde exclusivamente a la ASF, por lo que las entidades de fiscalización superior de los estados no pueden revisar directamente su aplicación.

Al resolver una controversia promovida por el municipio de Acapulco de Juárez, en el estado de Guerrero, la Corte concluyó que diversos actos de la Auditoría Superior del Estado de Guerrero invadieron la esfera competencial federal al pretender fiscalizar de manera directa recursos del FAISMUN correspondientes a la Cuenta Pública 2023.

Auditoría Superior de Guerrero carece de facultades para revisar anomalías financieras de Abelina López: SCJN

El Alto Tribunal interpretó los artículos 74, fracción IV, y 79, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y concluyó que la ASF es la única autoridad competente para fiscalizar el ejercicio de los recursos municipales de origen federal, sin perjuicio de las responsabilidades que correspondan a las autoridades locales respecto de la gestión de los recursos públicos de su competencia.

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La SCJN precisó que, si bien las entidades de fiscalización superior de los estados pueden revisar recursos estatales o municipales propios e, incluso, colaborar en los procedimientos de fiscalización, ello no les permite sustituir ni ejercer directamente las facultades que la Constitución Política Federal reserva de manera exclusiva a la ASF respecto de las aportaciones federales.

Reportero de la sección México en el diario 24 HORAS. Con 19 años de experiencia en medios de comunicación, con énfasis en periodismo de investigación, transparencia, cobertura de temas electorales...